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La nueva ley matrimonial estipula la división de bienes en caso de divorcio en 2020.

El divorcio significa la ruptura de las relaciones y, en algunos casos, incluso se genera resentimiento mutuo. En este momento, ambas partes, naturalmente, se considerarán a sí mismas y la división de la propiedad es la mayor disputa entre ellas. El divorcio requiere la división de bienes, pero ¿cómo? La Nueva Ley de Matrimonio de 2020 estipula la división de los bienes del divorcio como referencia.

Según las nuevas disposiciones de la Nueva Ley de Matrimonio, cuando una pareja se divorcia, ambas partes pueden negociar primero la división de bienes. Si la negociación fracasa, el tribunal dictará sentencia basándose en la situación real de los bienes conyugales, teniendo en cuenta los derechos de los hijos, de la mujer y otros principios.

La nueva ley matrimonial sólo tiene como objetivo la distribución de los bienes conyugales. En otras palabras, los bienes muebles antes del matrimonio y los bienes donados por los padres después del matrimonio no pueden dividirse en bienes conyugales. Si hay alguna disputa entre marido y mujer durante el divorcio, puede consultar a un abogado profesional para obtener ayuda según la situación real.

Los bienes inmuebles son bienes valiosos, y la mayor disputa sobre la división de los bienes conyugales durante el divorcio también proviene de los bienes inmuebles. La nueva ley matrimonial también explica la división de bienes entre parejas divorciadas:

1. Bienes adquiridos por una de las partes antes del matrimonio, o bienes donados por uno de los padres.

El divorcio se distribuirá de acuerdo con el nombre que figura en el certificado de bienes raíces. A quién se le dará la parte del valor agregado después del matrimonio en el divorcio.

2. Bienes adquiridos por una de las partes antes del matrimonio y reembolsados ​​después del matrimonio.

Esta parte del pago de los bienes postmatrimoniales deberá distribuirse según los mismos bienes de ambos cónyuges, y también deberá dividirse el mayor valor de los bienes postmatrimoniales.

3. Bienes inmuebles adquiridos por los padres.

No importa de qué parte estén registrados los derechos de propiedad a nombre de la propiedad comprada por los padres, la propiedad debe conferirse de acuerdo con la participación de los padres en el capital aportado. Eso sí, salvo que exista un acuerdo o convenio en el momento de la compra.