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Ayuda: Traducción de documentos en inglés legal (urgente...)

Penalización y criminalización: definición de sanciones por "delito"

Luego, al observar las diversas cuestiones involucradas en la elección de la responsabilidad penal, es útil considerar lo que significa, preguntando sobre algunos de los delitos, en particular cómo funciona el derecho penal. prohíbe difiere de varios estatutos civiles. Si bien las penas penales suelen ser los remedios civiles y regulatorios más severos, tal vez sólo la pena de muerte sea exclusiva del derecho penal. Los bienes están sujetos a impuestos, multas civiles, sanciones civiles y daños compensatorios o punitivos. La libertad personal puede ser privada de dichos procedimientos civiles de forma aislada, respondiendo voluntariamente por giros civiles y militares. Por tanto, la principal diferencia de las sanciones penales radica en su carácter humillante único, aunque se trate de una suspensión, no existe una pena específica como sigue. Tradicionalmente, las sanciones penales han sido vistas como una fuerte condena moral de la conducta del acusado y de su "odio, miedo o desprecio por la culpa" (Henri Mechd, artículo 405 el otro día). Esto puede seguir siendo válido hoy en día, aunque la responsabilidad "moral" diluida se ha extendido del derecho penal.

La segunda característica distintiva del Código Penal es que trae consigo una especial vergüenza y las severas sanciones que pueden imponerse posteriormente, y son los estrictos requisitos procesales de adjudicación. Como cuestión de derecho constitucional, los acusados ​​penales disfrutan del privilegio de probar más allá de toda duda razonable y de oponerse a la autoincriminación forzada, entre muchas otras garantías procesales. Las leyes y reglamentos penales también pueden violar el debido proceso. Si son demasiado vagos (Chicago v. Morales, 527 US 41 (1999)), son tradicionalmente limitados, tanto como una cuestión de política pública como como medio para evitar ambigüedades inconstitucionales.

La tercera característica es la disposición del Código Penal, que se deriva de las dos primeras en que emplea organismos especializados para hacer cumplir la ley: la policía, los fiscales, los tribunales penales y las instituciones correccionales se dedican en gran medida o exclusivamente en derecho penal.