¿Qué condiciones deben cumplirse para recibir asistencia jurídica?
Análisis legal: (1) Las dificultades financieras de los ciudadanos que solicitan asistencia legal se implementarán de acuerdo con los estándares de identificación de familias de bajos ingresos nacionales y municipales. (2) Los trabajadores migrantes que solicitan asistencia jurídica para pagar una remuneración laboral o una indemnización por lesiones relacionadas con el trabajo no están sujetos a las dificultades financieras estipuladas en este reglamento. (3) Los ciudadanos cuyos derechos e intereses legítimos se vean perjudicados debido a actos de valentía y rectitud pueden solicitar asistencia jurídica y no están sujetos a las dificultades financieras estipuladas en este reglamento. La determinación de actos de valentía se realizará de conformidad con las normas pertinentes del estado y de esta ciudad. (4) En los casos en que el fiscal comparece ante el tribunal para iniciar un proceso público y el acusado no contrata a un defensor debido a dificultades financieras u otras razones, y el tribunal popular designa un defensor para el acusado, la institución de asistencia jurídica proporcionará asistencia jurídica. . Si el acusado es ciego, sordo, mudo o menor de edad y puede ser condenado a muerte sin contratar un defensor, cuando el tribunal popular designe un defensor para el acusado, la agencia de asistencia jurídica proporcionará asistencia jurídica sin examinar la situación financiera del acusado. .
Base jurídica: Artículo 10 del "Reglamento de asistencia jurídica". Los ciudadanos que necesiten representarse a sí mismos en los siguientes asuntos debido a dificultades financieras pueden solicitar asistencia jurídica a las agencias de asistencia jurídica: (1) Solicitar una compensación estatal en de conformidad con la ley; (2) Solicitar prestaciones de seguridad social o prestaciones mínimas de seguridad vital; (3) Solicitudes de pensiones y fondos de ayuda; (4) Solicitudes de pago de pensión alimenticia, cuotas de manutención y manutención de los hijos; el pago de remuneraciones laborales; (6) Reclamaciones por actuar con valentía por la justicia de los derechos civiles derivados del acto. Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán dictar disposiciones complementarias en materia de asistencia jurídica distintas a las señaladas en el párrafo anterior.