Red de Respuestas Legales - Conferencias legales - ¿Qué disposiciones tiene el Código Civil para las escuelas?

¿Qué disposiciones tiene el Código Civil para las escuelas?

El primero es la responsabilidad extracontractual. Los artículos 1199 y 1200 del Código Civil estipulan que si una persona sin capacidad para conducta civil o una persona con capacidad limitada para conducta civil sufre lesiones personales mientras estudia o vive en un jardín de infancia, escuela u otra institución educativa, el jardín de infancia, escuela u otra institución educativa deberá proporcionar compensación, exención. El artículo 1201 estipula que si una persona sin capacidad para la conducta civil o una persona con capacidad limitada para la conducta civil sufre daños personales mientras estudia o vive en un jardín de infantes, escuela u otra institución educativa, la compensación proporcionada por el jardín de infantes, la escuela u otra institución educativa será pagada por un tercero la compensación.

En segundo lugar, la escuela, como organización estatutaria, ha solicitado la revocación de la tutela. El artículo 36 del Código Civil estipula que las escuelas, como una de las organizaciones estatutarias, están calificadas para solicitar la remoción de los tutores. En vista de la situación en la que los menores en la escuela pueden sufrir violencia doméstica, las escuelas deben investigar activamente y proporcionar comentarios sobre la situación de los estudiantes de la escuela. Si es necesario, tienen derecho a solicitar como organización estatutaria revocar su tutela y asumir verdaderamente la responsabilidad. responsabilidad social de la escuela.

En tercer lugar, las escuelas deberían tomar medidas para prevenir el acoso sexual. El artículo 1010 del Código Civil estipula que las escuelas y otras unidades deberán tomar medidas razonables, como la prevención, la aceptación de denuncias, la investigación y la eliminación, para prevenir y detener el uso de la autoridad y la afiliación para cometer acoso sexual. Las escuelas deben mejorar las reglas y regulaciones para evitar que el personal y los estudiantes sufran daños. Una vez que ocurre un caso, debemos apoyar y cooperar activamente con la protección de los derechos de la víctima y la investigación y el manejo de las autoridades judiciales.

El cuarto es mantener la seguridad del campus y garantizar la seguridad personal y de propiedad de los profesores, el personal y los estudiantes. Esta es una parte importante del funcionamiento de las escuelas de conformidad con la ley, y también es un requisito inevitable para la protección especial de la educación y las escuelas según el Código Civil y la Ley de Educación.

El Código Civil establece riesgos y excepciones para las actividades culturales y deportivas. Los estudiantes participan voluntariamente en actividades culturales y deportivas que implican ciertos riesgos. Si hay algún daño, se puede solucionar de acuerdo con las normas pertinentes. El artículo 1176 estipula que si la víctima participa voluntariamente en actividades culturales y deportivas con ciertos riesgos y resulta perjudicada por el comportamiento de otros participantes, los demás participantes no estarán obligados a asumir responsabilidad extracontractual, sin embargo, los demás participantes tienen culpa intencional o grave; en causar el daño. Las responsabilidades de los organizadores de eventos se aplicarán a los artículos 1198 a 1201 de esta Ley. Por lo tanto, las escuelas deben buscar activamente el apoyo de los padres para evitar que los estudiantes resulten perjudicados por el seguro comercial de lesiones accidentales debido a su participación en actividades culturales y deportivas.

Las escuelas tienen la responsabilidad y la obligación de garantizar la seguridad de las instalaciones deportivas cuando los estudiantes realizan ejercicio físico. Esta es la obligación de seguridad de la escuela como administrador escolar. El artículo 1198 del Código Civil establece que si los operadores, administradores u organizadores de actividades masivas en instalaciones deportivas y otros lugares comerciales incumplen sus obligaciones de garantía de seguridad y causan daños a otros, serán responsables extracontractualmente; si otra persona daña, la tercera; la parte asumirá la responsabilidad extracontractual; si el operador, gerente u organizador no cumple con las obligaciones de garantía de seguridad, asumirá la responsabilidad adicional correspondiente después de que el operador, gerente u organizador asuma la responsabilidad adicional, podrá El tercero exigió una compensación;

Los jardines de infancia, colegios y demás instituciones educativas deberán cumplir con sus derechos y obligaciones legales para la seguridad personal y patrimonial de los menores y de las personas con capacidad limitada de conducta cívica durante su estudio y vida escolar, en caso contrario asumirán los gastos correspondientes. responsabilidades de seguridad. En particular, debemos cumplir con nuestras obligaciones de seguridad en el campus y evitar que terceros entren en el campus y causen daños personales y materiales al personal de la escuela o a los estudiantes. De lo contrario, debemos asumir la correspondiente responsabilidad por la compensación.

La vitalidad del Código Civil reside en su implementación. Las autoridades educativas de todos los niveles, las escuelas y otras instituciones educativas de todos los niveles deben, en particular, incorporar el Código Civil al sistema educativo nacional para permitir a los jóvenes conocer, respetar y utilizar la ley, salvaguardar eficazmente sus derechos e intereses legítimos, Formar el hábito de buscar justicia cuando se encuentren con problemas y capacitarlos para que tengan conciencia y capacidad para resolver problemas de acuerdo con la ley. La educación jurídica juvenil es un proyecto sistemático arduo y a largo plazo que debe integrar el poder de las escuelas, las familias y la sociedad, aprovechar al máximo sus ventajas generales y formar una fuerza combinada de las escuelas, las familias y la sociedad para la educación jurídica juvenil.