¿Cuál es la estructura conductual del derecho?
Voluntad interna, es decir, la conducta jurídica tiene un campo subjetivo inherente, que incluye la motivación, el propósito y la capacidad cognitiva.
La manifestación externa, es decir; , conducta jurídica La conducta se manifiesta objetivamente como acciones, medios y efectos.
La estructura conductual del derecho se refiere a la conducta de la voluntad humana que puede producir efectos jurídicos. Es decir, actividades conscientes formadas sobre la base de los deseos personales de las partes interesadas. Es el comportamiento que las personas realizan en la vida social el que puede producir efectos jurídicos y producir efectos jurídicos. Las acciones jurídicas incluyen tanto acciones en sentido directo como omisiones (es decir, supresión de determinadas acciones). Habitualmente, al primero se le denomina acto jurídico positivo, mientras que al segundo se le denomina acto jurídico negativo.
El establecimiento de un acto jurídico debe cumplir las siguientes condiciones:
Debe deberse a acciones y omisiones conscientes de una persona. No pueden considerarse actos jurídicos los actos y omisiones de niños inconscientes, de locos o de idiotas.
Debe ser una manifestación externa de una conducta basada en la intención de las partes implicadas. Las actividades puramente psicológicas no tienen consecuencias legales. Si hay intención delictiva pero no acto delictivo, no puede considerarse delito ni acto jurídico.
Comportamiento que debe ser confirmado por normas jurídicas y tener efectos jurídicos. No es que no existan disposiciones en la ley y que no existan acciones legales que tengan efecto legal, como las interacciones sociales diarias y el amor.