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Estándares de compensación para el reasentamiento de embalses

Análisis jurídico: Si se expropian terrenos, se proporcionará una compensación de acuerdo con el propósito original del terreno expropiado. Las tasas de compensación por tierras cultivadas requisadas incluyen tasas de compensación de tierras, subvenciones de reasentamiento y tasas de compensación por ocupación de tierras y cultivos jóvenes. Las normas de los derechos de compensación de tierras y los subsidios de reasentamiento para la requisa de otras tierras serán estipuladas por las provincias, regiones autónomas y municipios con referencia a las normas de los derechos de compensación de tierras y subsidios de reasentamiento para la requisición de tierras cultivadas.

Base legal: El artículo 47 de la "Ley de Gestión de Tierras de la República Popular China" estipula que si se expropian tierras, se proporcionará una compensación de acuerdo con el propósito original de las tierras expropiadas. Las tasas de compensación por tierras cultivadas requisadas incluyen tasas de compensación de tierras, subvenciones de reasentamiento y tasas de compensación por ocupación de tierras y cultivos jóvenes. La tasa de compensación por las tierras agrícolas requisadas es de seis a diez veces el valor medio de la producción anual de los tres años anteriores a la adquisición de las tierras agrícolas. El subsidio para el reasentamiento de tierras agrícolas se calcula en función del número de población agrícola que se va a reasentar. El número de población agrícola a reasentar se calcula dividiendo la cantidad de tierra cultivada expropiada por la cantidad promedio de tierra cultivada ocupada por cada unidad expropiada antes de la adquisición de la tierra. El estándar de subsidio de reasentamiento para cada población agrícola que será reasentada es de cuatro a seis veces el valor promedio de producción anual de los tres años anteriores a la adquisición de las tierras agrícolas. Sin embargo, el subsidio de reasentamiento por cada hectárea de tierra cultivada expropiada no podrá exceder de quince veces el valor promedio de la producción anual de los tres años anteriores a la expropiación. Las normas de los derechos de compensación de tierras y los subsidios de reasentamiento para la requisa de otras tierras serán estipuladas por las provincias, regiones autónomas y municipios con referencia a las normas de los derechos de compensación de tierras y subsidios de reasentamiento para la requisición de tierras cultivadas. Las normas de compensación por embargos y cultivos jóvenes en las tierras expropiadas serán estipuladas por las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Al requisar parcelas de hortalizas en los suburbios urbanos, la unidad usuaria de la tierra deberá pagar un fondo para el desarrollo y construcción de nuevas parcelas de hortalizas de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes. Si la tasa de compensación de la tierra y el subsidio de reasentamiento pagados de conformidad con las disposiciones del párrafo 2 de este artículo aún no pueden mantener los niveles de vida originales de los agricultores que necesitan ser reasentados, el subsidio de reasentamiento podrá aumentarse con la aprobación del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. Sin embargo, el monto total de la compensación de tierras y los subsidios de reasentamiento no excederá de treinta veces el valor de producción anual promedio de la tierra en los tres años anteriores a su expropiación. El Consejo de Estado puede aumentar los estándares de las tarifas de compensación de tierras agrícolas y los subsidios de reasentamiento en circunstancias especiales basadas en el nivel de desarrollo social y económico.