¿Qué debo hacer si no tengo dinero para compensar después de que el tribunal haya dictaminado?
El veredicto ha bajado. Si la otra parte realmente no tiene bienes que hacer cumplir, el tribunal suspenderá la ejecución. Espere hasta que se pueda ejecutar. Generalmente, este período retroactivo es de 2 años.
Base Jurídica
Artículo 236 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Las partes deben cumplir cualquier sentencia o sentencia civil con eficacia jurídica. Si una de las partes se niega a cumplir, la otra parte puede solicitar la ejecución al Tribunal Popular, o el juez puede transferir la ejecución a la persona sujeta a ejecución. Las partes interesadas deberán cumplir el acuerdo de mediación y demás documentos legales que deberá otorgar el Tribunal Popular. Si una de las partes se niega a cumplir, la otra parte puede solicitar la ejecución al Tribunal Popular.
Artículo 241
Si el sujeto de ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de conformidad con el aviso de ejecución, deberá informar la situación actual de la propiedad y la situación de la propiedad. un año antes de la fecha de recepción del aviso de ejecución. Si el sujeto de ejecución se niega a denunciar o hace un informe falso, el tribunal popular podrá, dependiendo de la gravedad del caso, multar o detener a la persona sujeta a ejecución o a su representante legal, el responsable principal de la unidad correspondiente. o la persona directamente responsable.
Artículo 242
Si la persona sujeta a ejecución no cumple con las obligaciones especificadas en el documento legal de acuerdo con el aviso de ejecución, el tribunal popular tiene derecho a investigar a las unidades pertinentes. sobre los depósitos, bonos, acciones, etc. de la persona sujeta a ejecución, acciones del Fondo y otros bienes. El tribunal popular tiene la facultad de embargar, congelar, transferir o alterar los bienes de la persona sujeta a ejecución según diferentes circunstancias. Los bienes investigados, sellados, congelados, transferidos o modificados de valor por el tribunal popular no excederán el alcance de las obligaciones que deberá cumplir el sujeto de ejecución. Cuando el tribunal popular decide sellar, congelar, transferir o cambiar el precio de una propiedad, dictará sentencia y emitirá un aviso de asistencia en la ejecución, y las unidades pertinentes deberán tramitarla.