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Atributos de las relaciones jurídicas

El atributo de las relaciones jurídicas es ajustar las relaciones sociales. Como se mencionó anteriormente, existe considerable desacuerdo y controversia sobre la naturaleza de las relaciones jurídicas. El debate en los círculos jurídicos de mi país se centra principalmente en la cuestión de si las relaciones jurídicas son relaciones ideológicas y de voluntad o la unidad de las relaciones ideológicas y de voluntad y las relaciones materiales y sociales.

Creemos que, en primer lugar, aunque la llamada relación ideológica y la relación material son la clasificación básica de las relaciones sociales, aunque es profunda, no puede resumir verdaderamente las relaciones sociales en la vida real, que Es decir, no es la mejor forma de clasificar las relaciones sociales, por las razones comentadas anteriormente. Sólo la división de las relaciones sociales originales y las relaciones sociales ajustadas es la forma correcta de dividir las relaciones sociales. Según esta clasificación básica, el atributo básico de las relaciones jurídicas son las relaciones sociales regulatorias. La adaptación es el atributo básico de las relaciones jurídicas y también la esencia social de las relaciones jurídicas. La palabra "adaptación" incluye plenamente la voluntad del sujeto de la relación jurídica. Se puede decir que todos los métodos creados por los humanos para ajustar las relaciones sociales tienen las características cognitivas subjetivas y dinámicas del sujeto, las características del pensamiento y las características de la voluntad. Pero ¿qué palabras podrían usarse para expresar esta propiedad más digna de su nombre? Creemos que es más apropiado utilizar la palabra ajuste en lugar de ideología, voluntad o iniciativa subjetiva. Porque sólo así se puede demostrar plenamente la objetividad de la regulación de las relaciones sociales (incluidas las relaciones jurídicas). De lo contrario, es fácil inducir a error a pensar que las relaciones jurídicas no son objetivas, sino el resultado de operaciones puramente subjetivas.

Las características de las relaciones jurídicas antes mencionadas están estrechamente relacionadas. No sólo tienen una conexión interna en su conjunto, sino que también forman una característica unificada de las relaciones jurídicas de adentro hacia afuera.