Condiciones y objetos de la asistencia jurídica gratuita
1. Tener motivos suficientes para demostrar que necesita ayuda para proteger sus derechos e intereses legítimos; pagar debido a dificultades financieras o no pueden pagar los honorarios de los servicios legales (las normas de dificultad financiera de los ciudadanos serán implementadas por cada localidad con referencia a las regulaciones de los departamentos del gobierno local).
2. Los ciegos, sordos, mudos y los menores de edad que sean imputados o presuntos delincuentes y no cuenten con abogado defensor obtendrán asistencia jurídica gratuita.
Otras personas discapacitadas y personas mayores que sean acusados o sospechosos de delitos penales y no puedan contratar un abogado defensor debido a dificultades financieras pueden obtener asistencia jurídica.
Si un acusado penal que puede ser condenado a muerte no ha contratado un abogado defensor, debe obtener asistencia jurídica.
3. En los casos penales, si un acusado extranjero no contrata a un defensor y el tribunal popular designa un abogado para defenderlo, puede obtener asistencia jurídica.
4. Los solicitantes de asistencia jurídica aprobados o los acusados penales calificados o sospechosos de delitos serán designados por el tribunal popular como destinatarios.
Durante el proceso de asistencia jurídica, los destinatarios pueden conocer el progreso de las actividades de asistencia jurídica; si los destinatarios tienen hechos que demuestren que el personal de asistencia jurídica no ha desempeñado sus funciones correctamente, pueden solicitar el reemplazo del personal.
Base jurídica: Artículo 10 del “Reglamento de Asistencia Jurídica”. Los ciudadanos que no hayan confiado a un abogado para los siguientes asuntos pueden solicitar asistencia jurídica de una agencia de asistencia jurídica: (1) Solicitar compensación estatal de conformidad con la ley (2) Solicitar beneficios de seguro social o beneficios mínimos de seguridad vital; >
(3) Solicitud de pensiones y fondos de ayuda;
(4) Solicitud de pago de pensión alimenticia, manutención y manutención;
(5) Solicitud de pago de remuneración laboral; ;
(6) Reivindicar los derechos e intereses civiles derivados de actos de valentía y rectitud.
Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán dictar disposiciones complementarias en materia de asistencia jurídica distintas a las señaladas en el párrafo anterior.
Los ciudadanos podrán solicitar consulta jurídica a las instituciones de asistencia jurídica sobre las cuestiones especificadas en los apartados 1 y 2 de este artículo.