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Reglamento provisional sobre educación preescolar de la provincia de Jiangsu

Artículo 1 La educación de la primera infancia es una parte integral de la educación nacional, es la base para mejorar la calidad del pueblo y cultivar a la nueva generación. También es una tarea de bienestar social estrechamente relacionada con los intereses vitales del pueblo. Para desarrollar la educación preescolar en nuestra provincia y mejorar la calidad de la educación, estas regulaciones se formulan de acuerdo con la "Constitución de la República Popular China" y las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 2 La educación preescolar está dirigida a niños de 3 a 6 años de edad. Zonas donde el ingreso a la escuela primaria a los siete años puede ser entre cuatro y siete años.

La tarea de la educación infantil es proporcionar una educación temprana de acuerdo con los requisitos del desarrollo moral, intelectual y físico integral para que los niños puedan crecer sanamente. Artículo 3 Los gobiernos populares de todos los niveles fortalecerán el liderazgo unificado sobre la educación de la primera infancia, serán responsables de formular planes de desarrollo de la educación de la primera infancia en sus regiones y organizarán su implementación. La educación preescolar de tres años se va popularizando progresivamente en toda la provincia. Artículo 4 Los gobiernos populares en todos los niveles y todos los sectores de la sociedad deben otorgar gran importancia al desarrollo de la educación de la primera infancia. Además de los jardines de infancia administrados por el gobierno, las organizaciones de masas como las federaciones de mujeres y los sindicatos, las agencias gubernamentales, las unidades militares, las empresas e instituciones y las organizaciones colectivas en ciudades, calles y aldeas también deberían organizar activamente o de forma conjunta jardines de infancia. Alentar y apoyar a las personas para que abran jardines de infancia. Artículo 5 El establecimiento, modificación y suspensión de jardines de infancia se informará al gobierno popular del municipio (pueblo), ciudad sin distritos o distritos municipales para la aprobación del organizador o individuo, y se informará al departamento administrativo de educación en la siguiente nivel más alto para el récord. Artículo 6 Los departamentos administrativos educativos de todos los niveles son los departamentos competentes para la educación preescolar. Los departamentos administrativos de educación provinciales y municipales crean instituciones de gestión de la educación de la primera infancia, los departamentos administrativos de educación de los condados (distritos) cuentan con personal de tiempo completo y los municipios (ciudades) cuentan con consejeros de educación de la primera infancia. Artículo 7 El departamento administrativo de educación es responsable de orientar, inspeccionar y supervisar el trabajo docente de los jardines de infancia; formular e implementar planes de educación y formación de la primera infancia; organizar el estudio, examen y evaluación continuos de los maestros de la primera infancia y dirigir las escuelas normales de la primera infancia ( clases) y escuelas secundarias vocacionales; clases normales de preescolar; organizar jardines de infancia de demostración experimentales;

El departamento de salud es responsable de guiar el trabajo de atención médica en el jardín de infantes y de capacitar al personal médico y de atención médica del jardín de infantes. Artículo 8 Los gobiernos populares de todos los niveles organizarán los departamentos pertinentes, trabajarán con las federaciones de mujeres, los sindicatos y otros grupos sociales relevantes para hacer un buen trabajo en el desarrollo de la educación preescolar, garantizar la producción y el suministro de alimentos, combustible, equipos, juguetes y productos para el jardín de infantes. material didáctico y hacer un buen trabajo en libros infantiles y en la creación, publicación y distribución de obras literarias. Artículo 9 El jardín de infantes es responsable de la implementación específica de la educación de la primera infancia, implementa las leyes, reglamentos y planes educativos de educación de la primera infancia formulados por el estado y utiliza materiales didácticos aprobados por los departamentos nacionales pertinentes y materiales didácticos complementarios aprobados por el departamento administrativo de educación. en o por encima del nivel de condado (distrito).

El jardín de infancia debe implementar el principio de combinar protección y educación, y educar a los niños pequeños a través de juegos, actividades deportivas, clases, observación, trabajo, entretenimiento, vida diaria y otros métodos.

Los jardines de infancia deben cooperar estrechamente con las familias de niños pequeños para implementar la educación y dar a conocer el conocimiento y los métodos de la educación científica a los padres.

Los jardines de infancia deben promover el uso del mandarín, que es de uso común en todo el país. Artículo 10 Los jardines de infancia funcionan principalmente en régimen de jornada completa, pero también pueden adoptar modalidades de internado, media jornada y otras modalidades. Los jardines de infancia se dividen en clases por edades y las clases mixtas se agrupan por edades. Artículo 11 Un jardín de infancia tendrá un director, maestros, trabajadores de cuidado infantil y otro personal.

Los maestros de preescolar deben tener un diploma de una escuela normal de preescolar o de una escuela media vocacional. Los maestros de preescolar que no hayan alcanzado el nivel mencionado anteriormente deben ser evaluados por el departamento administrativo de educación del condado (distrito) y básicamente pueden completar las tareas de educación preescolar antes de poder ocupar sus puestos. Los gobiernos populares en todos los niveles deben tomar medidas para acelerar la formación de docentes para que los maestros de jardín de infantes puedan alcanzar gradualmente el nivel que les corresponde.

Los directores de jardín de infantes deben ser maestros de jardín de infantes calificados con experiencia laboral en jardín de infantes y capacidades de gestión. Artículo 12 Toda la sociedad debe respetar a los maestros de preescolar. Los gobiernos populares en todos los niveles protegerán los derechos e intereses legítimos de los maestros de la primera infancia, mejorarán el estatus social de los maestros de la primera infancia y elogiarán o recompensarán a los educadores de la primera infancia destacados.

Los educadores de la primera infancia deben tener una alta ética profesional, amar a los niños y ser modelos a seguir. Están estrictamente prohibidos la intimidación, los castigos corporales o los castigos corporales encubiertos y otros comportamientos que dañen la salud física y mental de los niños. Artículo 13 Los estándares salariales y los beneficios sociales de los maestros de jardín de infantes que hayan aprobado la evaluación se basarán en los estándares salariales y los beneficios para empleados de maestros u organizadores de escuelas primarias similares. Artículo 14 Los fondos para el jardín de infancia serán gestionados por el organizador. Los gobiernos populares en todos los niveles deberían asignar ciertos fondos para el desarrollo de la educación de la primera infancia cada año. Artículo 15 Los organizadores del jardín de infantes serán responsables de mejorar las condiciones de funcionamiento del jardín de infantes para que haya salas de actividades, escritorios y sillas, material didáctico y juguetes, instalaciones sanitarias y lugares para actividades al aire libre. Es necesario fortalecer la gestión de la atención sanitaria y ecologizar y embellecer el medio ambiente.

La construcción de instalaciones urbanas de educación preescolar debe incluirse en la planificación de la construcción urbana, y deben construirse jardines de infancia en nuevas zonas residenciales.

No existen lugares peligrosos, fuentes de contaminación o instalaciones de edificios que afecten la iluminación alrededor del jardín de infantes. Artículo 16 Ninguna unidad o individuo podrá interferir con el orden normal del jardín de infantes, dañar el equipo del jardín de infantes, ocupar los terrenos y edificios del jardín de infantes o infringir los derechos personales de los educadores de la primera infancia. Los infractores deben ser tratados con seriedad, y quienes violan las leyes penales deben ser considerados penalmente responsables de conformidad con la ley. Artículo 17 El departamento administrativo de educación del Gobierno Popular Provincial formulará medidas de implementación de conformidad con este Reglamento y las implementará después de la aprobación del Gobierno Popular Provincial. Artículo 18 El presente Reglamento entrará en vigor el 6 de septiembre de 1986.