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Normativa sobre el período de validez de las tarjetas complementarias

Análisis legal: Los comerciantes constituyen un acuerdo de compra con tarjeta a través de avisos en la tienda o regulaciones de tarjetas de propósito único y los términos relevantes establecidos en el anverso de la tarjeta prepaga. Pero dicho acuerdo debe ser integral y equilibrar los derechos y obligaciones entre operadores y consumidores. Si hay algún contenido en este acuerdo que dañe los derechos e intereses legítimos de los consumidores o reduzca significativamente la responsabilidad del operador, debe informarse de manera que atraiga la atención de los consumidores. Si el operador no cumple con su obligación de notificar, esta cláusula puede quedar inválida.

Base legal: Las "Medidas Administrativas para Tarjetas Prepago Comerciales de Un Solo Propósito" estipulan claramente que si no se establece el período de validez de una tarjeta registrada, el período de validez de una tarjeta sin nombre no será inferior a 3 años. La característica más importante de una tarjeta de tiempo o tarjeta de tiempo es que siempre que el titular real presente la tarjeta, el operador correspondiente debe proporcionar los servicios.