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Artículo 31 de la Ley de Marcas del Código Civil

Dependiendo del solicitante de registro de marca, existen dos situaciones: 1. Si el solicitante es el mismo que la primera marca, entonces la solicitud de una nueva marca no será rechazada; 2. Si el solicitante de las dos solicitudes de marca es diferente; , será rechazado.

Por ejemplo, cuando registras una marca por primera vez, la registras a nombre de una empresa, y cuando registras una marca por segunda vez, la registras a nombre de una entidad legal. persona, lo que equivale a dos solicitantes y viola el artículo 1 de la Ley de Marcas, disposiciones pertinentes del artículo 30 y del artículo 31. Las disposiciones específicas son las siguientes:

1. Artículo 30 La marca solicitada para su registro no cumple con las disposiciones pertinentes de esta Ley, o es idéntica o similar a una marca que haya sido registrada o aprobada preliminarmente por otros sobre productos iguales o similares, la Oficina de Marcas rechazó la solicitud y no la publicó.

2. Artículo 31 Si dos o más solicitantes de registro de marca solicitan el registro de la misma o similar marca sobre productos iguales o similares, la solicitud anterior será revisada preliminarmente y anunciada si se trata de una marca; se presenta el mismo día, se realizará un examen preliminar sobre la marca anterior y se anunciará que las solicitudes de otras personas serán rechazadas sin previo aviso.