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Sistema de divulgación activa de divulgación de información del gobierno municipal de Cangzhou y sistema de revisión de confidencialidad de la divulgación de información del gobierno municipal de Cangzhou.

(Juicio)

Artículo 1: Para regular la revisión de confidencialidad de la divulgación de información por parte de nuestro gobierno municipal, este documento está formulado de acuerdo con la "Ley de la República Popular China sobre Salvaguarda de los Secretos de Estado", el "Reglamento de la República Popular China sobre Divulgación de Información" y las leyes y reglamentos pertinentes.

Artículo 2 Este reglamento se aplicará a la divulgación de información gubernamental y la revisión de la confidencialidad de las agencias administrativas en todos los niveles de esta ciudad.

Artículo 3 El término "revisión de confidencialidad" como se menciona en estas regulaciones se refiere a la revisión por parte de la agencia administrativa de la información que se divulgará antes de la divulgación de información gubernamental de conformidad con la "Ley de la República Popular China". sobre la Protección de los Secretos de Estado" y las leyes, reglamentos y disposiciones nacionales pertinentes. examen de la información gubernamental.

Artículo 4: La revisión de confidencialidad sigue el principio de “primero revisa, luego revela, y quien revela es responsable” y se lleva a cabo de acuerdo con las leyes, regulaciones y procedimientos. Es necesario prevenir la divulgación ilegal e ilegal de información gubernamental que sea secreto de estado y ponga en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, la seguridad económica y la estabilidad social, así como información gubernamental que involucre secretos comerciales y privacidad personal, y evite el incumplimiento del gobierno. obligaciones de divulgación de información por motivos de confidencialidad.

Artículo 5: La agencia de divulgación de información gubernamental de la agencia administrativa es responsable de realizar una revisión de confidencialidad de la información gubernamental que la agencia administrativa pretende divulgar. Las organizaciones e instituciones responsables del trabajo de confidencialidad de las agencias administrativas ayudarán a las agencias gubernamentales de divulgación de información de las agencias administrativas a realizar el trabajo de revisión de la confidencialidad.

Artículo 6: Las agencias administrativas establecerán y mejorarán un sistema de revisión de confidencialidad para la divulgación de información gubernamental que sea consistente con las condiciones reales de la agencia, aclararán las responsabilidades de revisión y los procedimientos de trabajo, e incorporarlos al alcance del gobierno. gestión de divulgación de información. Ninguna unidad o individuo puede divulgar información gubernamental al mundo exterior sin la revisión y aprobación de la agencia de divulgación de información gubernamental.

Artículo 7 Procedimientos y requisitos para la revisión de confidencialidad:

(1) Al producir información gubernamental, el personal de las agencias administrativas deberá brindar opiniones sobre si el contenido de la información puede divulgarse y enviarse. este documento. Para la información gubernamental que no es adecuada para su divulgación, se deben explicar las razones y el fundamento;

(2) Para que se divulgue información gubernamental, los departamentos pertinentes deben enviarla a la agencia de trabajo de divulgación de información gubernamental del país. agencia administrativa al responsable del departamento y al responsable de la unidad Las opiniones de revisión del líder, así como el tiempo, forma y alcance de la información gubernamental a divulgar;

(3) Después de recibir el texto de información gubernamental que se divulgará, la agencia de divulgación de información gubernamental de la agencia administrativa deberá designar a una persona dedicada a revisarlo y presentar opiniones de revisión dentro del límite de tiempo prescrito;

(4) Con el Con el consentimiento de la persona a cargo de la agencia de divulgación de información gubernamental de la agencia administrativa, la agencia de divulgación de información gubernamental de la agencia administrativa deberá divulgar información gubernamental al mundo exterior.

Artículo 8 La revisión de confidencialidad se centrará en la información gubernamental en este sistema empresarial que involucre secretos de estado o que pueda poner en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, la seguridad económica y la estabilidad social si se divulga, para garantizar la seguridad y los intereses nacionales.

El contenido principal del Artículo 9 requiere un amplio conocimiento y participación del público, pero parte del contenido involucra información gubernamental que es secreto de estado. Debe descifrarse o eliminarse mediante procedimientos legales y puede divulgarse después de una revisión de confidencialidad.

Artículo 10: Los organismos administrativos no divulgarán información gubernamental que involucre secretos comerciales y privacidad personal. Sin embargo, la información gubernamental que involucre secretos comerciales y privacidad personal, que puede divulgarse con el consentimiento del titular de los derechos o no ser divulgada por agencias administrativas, y que puede tener un impacto significativo en los intereses públicos, puede divulgarse después de una revisión de confidencialidad.

Artículo 11 La divulgación de información gubernamental, como la calidad y seguridad de los productos agrícolas, las principales epidemias de enfermedades infecciosas, las principales epidemias animales, datos importantes de información geográfica, información estadística, etc., estará sujeta a revisión de confidencialidad en estricta conformidad con las regulaciones, autoridades y procedimientos nacionales pertinentes.

Artículo 12: Cuando una agencia administrativa no esté segura de si la información gubernamental puede ser divulgada, primero buscará las opiniones de la organización de la agencia administrativa para el trabajo de confidencialidad, o buscará las opiniones de la persona principal a cargo de la agencia administrativa.

Si aún no está seguro de si se puede divulgar, se debe informar al departamento (unidad) comercial correspondiente o al departamento de confidencialidad del mismo nivel para su confirmación de acuerdo con las leyes, regulaciones y regulaciones nacionales pertinentes. .

Artículo 13 Cuando la agencia administrativa solicite al departamento (unidad) competente correspondiente o al departamento de confidencialidad del mismo nivel que determine si la información gubernamental puede ser divulgada de conformidad con la ley, deberá proporcionar los siguientes materiales:

(1) El nombre y contenido de la información gubernamental que no está claro si puede ser divulgada;

(2) La base o razón para la divulgación de información gubernamental;

(3) La agencia administrativa o la organización o agencia de confidencialidad es la principal responsable de la opinión del camarada.

Artículo 14: Cuando una solicitud de confirmación sea presentada por un organismo administrativo, el departamento comercial (unidad) correspondiente o el departamento de confidencialidad del mismo nivel deberá responder dentro de los siete días hábiles. Si las leyes y reglamentos dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones.

Artículo 15: Responsabilidades de las organizaciones de trabajo de seguridad de los organismos administrativos:

(1) De conformidad con lo dispuesto en el ámbito específico de los secretos de Estado y sus niveles de clasificación, orientar los secretos de Estado generados. por esta agencia administrativa y la determinación y gestión de los niveles de confidencialidad;

(2) Inspeccionar periódicamente el trabajo de confidencialidad de las agencias administrativas y corregir la información gubernamental que esté clasificada de manera inapropiada o que debería estar clasificada pero no lo está;

(3) Limpiar periódicamente la información gubernamental que ha sido clasificada por agencias administrativas y hacer un buen trabajo cambiando la clasificación y descifrando la clasificación de acuerdo con la ley;

(4) Tomar medidas correctivas inmediatas para la información gubernamental filtrada e informarla al departamento de confidencialidad del mismo nivel de manera oportuna;

(5) Ayudar a los departamentos relevantes en la investigación y el manejo de casos de divulgación de información gubernamental.

Artículo 16 Responsabilidades de los departamentos de seguridad en todos los niveles:

(1) Supervisar y orientar el trabajo de revisión de confidencialidad de la divulgación de información gubernamental;

(2) Determinar Información gubernamental propuesta por agencias administrativas que no se puede determinar que sea secreto de estado según la ley;

(3) Supervisar e inspeccionar la implementación del sistema de revisión de confidencialidad y divulgación de información gubernamental por parte de agencias administrativas;

(4) Verifique periódicamente la información gubernamental publicada por las agencias administrativas. Cuando se descubran filtraciones, las agencias administrativas pertinentes recibirán instrucciones inmediatas para tomar medidas correctivas, según la gravedad del caso, serán notificadas o investigadas y sancionadas. de conformidad con la ley en colaboración con los departamentos pertinentes.

Artículo 17 Quien viole estas normas, no cumpla con sus deberes de revisión de la confidencialidad, provoque la filtración de secretos de Estado o ponga en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, la seguridad económica y la estabilidad social, según la gravedad de la infracción. En este caso, estará sujeto a supervisión administrativa por parte de los departamentos administrativos pertinentes o supervisores administrativos. La autoridad impondrá sanciones administrativas si se producen consecuencias graves, la responsabilidad legal se perseguirá de conformidad con la ley.

Artículo 18 El presente reglamento se aplicará a la revisión de la confidencialidad de la divulgación de información gubernamental por parte de unidades, organizaciones y grupos autorizados por leyes y reglamentos con funciones de gestión de asuntos públicos.

Artículo 19 La Dirección Municipal de Seguridad es responsable de la interpretación de este sistema.

Artículo 20 Este sistema se implementará a partir del 1 de julio de 2065438.

30 de septiembre de 2065 438 00