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Artículo 2: Menores a que se refiere esta Ley se refieren a los ciudadanos menores de 18 años.
Artículo 3 El Estado, la sociedad, las escuelas y las familias deben proporcionar a los menores una educación ideal, moral, cultural, disciplinaria y jurídica, así como una educación patriótica, colectivista, internacionalista y * * * productivista, propugnan los. moral pública de amar la patria, amar al pueblo, amar el trabajo, amar la ciencia y amar el socialismo, y oponernos a la erosión del capitalismo, el feudalismo y otras ideas decadentes.
Artículo 4 La protección de los menores debe seguir los siguientes principios:
(1) Proteger los derechos e intereses legítimos de los menores;
(2) Respetar a los menores dignidad personal;
(3) adaptarse a las características del desarrollo físico y mental de los menores;
(4) combinar educación con protección.
Artículo 5: El Estado protege contra infracciones los derechos e intereses personales, patrimoniales y otros derechos e intereses legítimos de los menores.
La protección de los menores es responsabilidad conjunta de los organismos estatales, las fuerzas armadas, los partidos políticos, los grupos sociales, las empresas e instituciones, las organizaciones autónomas de masas urbanas y rurales, los tutores de menores y otros ciudadanos adultos.
Cualquier organización o individuo tiene derecho a disuadir y detener cualquier conducta que infrinja los derechos e intereses legítimos de los menores, o a denunciar o acusar a los departamentos pertinentes.
El Estado, la sociedad, la escuela y las familias deben educar y ayudar a los menores a utilizar los medios legales para salvaguardar sus derechos e intereses legítimos.
Artículo 6 Las agencias estatales centrales y locales de todos los niveles harán un buen trabajo en la protección de los menores dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades.
El Consejo de Estado y los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central tomarán las medidas organizativas necesarias para coordinar los departamentos pertinentes para proteger a los menores.
* * *Las organizaciones sociales relevantes, como la Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres, los Sindicatos, la Federación de Jóvenes, la Federación de Estudiantes, los Jóvenes Pioneros, etc., ayudarán a los gobiernos populares en todos los niveles a proteger a los menores y mantener su Derechos legítimos.
Artículo 7 Los gobiernos populares en todos los niveles y departamentos relevantes recompensarán a las organizaciones e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la protección de menores.
Capítulo 2 Protección Familiar
Artículo 8 Los padres u otros tutores desempeñarán las obligaciones de tutela y manutención de los menores de acuerdo con la ley, y no abusarán ni abandonarán a los menores no discriminarán; mujeres Menores de edad o menores discapacitados está prohibido el ahogamiento o el abandono de bebés.
Artículo 9 Los padres u otros tutores respetarán el derecho de los menores a la educación, deberán permitir que los menores en edad escolar reciban la educación obligatoria de acuerdo con la normativa y no harán que los menores que reciban educación obligatoria abandonen la escuela. .
Artículo 10 Los padres u otros tutores educarán a los menores con pensamientos, comportamientos y métodos apropiados saludables, guiarán a los menores para que participen en actividades beneficiosas para la salud física y mental, y evitarán y evitarán que los menores fumen, beban y se queden sin hogar. , juego, abuso de drogas, prostitución.
Artículo 11 Los padres u otros tutores no permitirán ni obligarán a los menores a contraer matrimonio, ni celebrar contratos matrimoniales para menores.
Artículo 12 Si los padres u otros tutores no cumplen con sus deberes de tutela o infringen los derechos e intereses legítimos de los menores bajo tutela, serán responsables de acuerdo con la ley.
Si los padres u otros tutores cometen cualquiera de los comportamientos enumerados en el párrafo anterior y se niegan a cambiar después de la educación, el tribunal popular puede revocar sus calificaciones de tutela según la solicitud de la persona o unidad correspondiente; con el artículo 10 de los "Principios Generales del Derecho Civil" Según lo dispuesto en el artículo 6, se determinará un tutor independiente.
Capítulo 3 Protección Escolar
Artículo 13 Las escuelas deben implementar plenamente las políticas educativas nacionales y brindar educación moral, educación intelectual, educación física, educación estética, educación laboral y orientación para la vida social a los menores de edad. educación de estudiantes y adolescentes.
Las escuelas deben cuidar y cuidar a los estudiantes; deben educar y ayudar con paciencia a los estudiantes con deficiencias de carácter y dificultades de aprendizaje, y tratarlos con igualdad.
Artículo 14 Las escuelas respetarán los derechos de los estudiantes menores de edad a recibir educación y no expulsarán a los estudiantes menores de edad a voluntad.
Artículo 15 Los profesores y el personal de las escuelas y jardines de infancia respetarán la dignidad personal de los menores y no impondrán castigos corporales, castigos corporales disfrazados u otros actos que insulten la dignidad personal de los estudiantes y niños menores.
Artículo 16 Las escuelas no permitirán que los estudiantes menores de edad participen en actividades que pongan en peligro la seguridad y la salud personal en los edificios escolares y otras instalaciones educativas y docentes.
Ninguna organización o individuo podrá perturbar el orden docente, ni ocupar o destruir edificios, edificios y equipos escolares.
Artículo 17 Cuando las escuelas y jardines de infancia dispongan que estudiantes y niños menores de edad participen en actividades colectivas como asambleas, entretenimiento cultural y prácticas sociales, deberán favorecer el crecimiento saludable de los menores y prevenir accidentes de seguridad personal. .
Artículo 18 Los menores que sean enviados a escuelas de estudio y trabajo para recibir educación obligatoria de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes recibirán educación ideológica, educación cultural, educación técnica laboral y educación vocacional.
El personal de las escuelas de estudio y trabajo debe cuidar, amar y respetar a los estudiantes, y no debe discriminar ni excluir a los estudiantes.
Artículo 19 Los jardines de infancia realizarán un buen trabajo en el cuidado y la educación infantil y promoverán el desarrollo armonioso de los niños en los aspectos físicos, intelectuales y morales.
Capítulo 4 Protección Social
Artículo 20 El Estado alienta a los grupos sociales, empresas, instituciones, otras organizaciones y ciudadanos a llevar a cabo diversas formas de protección social que sean beneficiosas para el crecimiento saludable de menores de edad.
Artículo 21 Los gobiernos populares en todos los niveles crearán las condiciones para establecer y mejorar lugares e instalaciones adecuados para la vida cultural de los menores.
Artículo 22 Los museos, salones conmemorativos, museos de ciencia y tecnología, centros culturales, teatros, estadios (lugares), zoológicos, parques y otros lugares deben estar abiertos a estudiantes de escuelas primarias y secundarias a tarifas preferenciales.
Artículo 23: En lugares como salas comerciales de canto y baile que no sean aptos para actividades de menores, las autoridades competentes y operadores pertinentes tomarán medidas para impedir la entrada de menores.
Artículo 24 El Estado alienta a la prensa, publicaciones, radio, cine, televisión, unidades literarias y artísticas, escritores, científicos, artistas y demás ciudadanos a crear o proporcionar obras que sean beneficiosas para el sano crecimiento de los menores. . El Estado apoya la publicación de libros, periódicos, publicaciones periódicas, productos audiovisuales y otras publicaciones específicamente para menores.
Artículo 25 Está estrictamente prohibido que cualquier organización o individuo venda, alquile o difunda de otro modo libros, periódicos, productos de audio y vídeo obscenos, violentos, asesinos, terroristas y otros productos de audio y vídeo que sean perjudiciales para los menores.
Artículo 26 Los alimentos, juguetes, utensilios e instalaciones recreativas de los niños no serán perjudiciales para la seguridad y la salud de los niños.
Artículo 27 No se permite fumar en aulas, dormitorios, salas de actividades y otros lugares interiores donde se reúnan menores en escuelas primarias y secundarias, jardines de infancia y guarderías.
Artículo 28 Ninguna organización o individuo podrá reclutar menores de 16 años, salvo disposición en contrario del Estado.
Cualquier organización o individuo que reclute menores de 16 años pero menores de 18 de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes deberá implementar las regulaciones nacionales pertinentes en términos de tipos de trabajo, horas de trabajo, intensidad del trabajo y medidas de protección, y no deberán estar dispuestos a realizar trabajos con sobrepeso, tóxicos y nocivos u operaciones peligrosas.
Artículo 29: Los menores que deambulan, mendigan o se escapan de casa serán llevados por el departamento de asuntos civiles u otros departamentos pertinentes a sus padres u otros tutores si no se puede encontrar a sus padres u otros tutores; Temporalmente, el departamento de asuntos civiles u otros departamentos pertinentes deberán ser agencias de bienestar infantil establecidas por el departamento.
Artículo 30 Ninguna organización o individuo podrá revelar la privacidad personal de menores.
Artículo 31: Ninguna organización o individuo podrá ocultar o destruir cartas de menores de edad que no tengan capacidad legal para obrar, salvo por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular en cuestión; de acuerdo con la ley con el fin de investigar delitos, ninguna organización o individuo puede abrir el dispositivo excepto para la inspección del programa o por parte de los padres u otros tutores en su nombre.
Artículo 32 Los departamentos de salud y las escuelas deben proporcionar las condiciones necesarias de atención médica a los menores y hacer un buen trabajo en la prevención de enfermedades.
Artículo 33 Los gobiernos populares locales en todos los niveles desarrollarán activamente servicios de cuidado infantil, se esforzarán por administrar bien las guarderías y jardines de infancia y alentarán y apoyarán a las agencias estatales, grupos sociales, empresas, instituciones y otras fuerzas sociales para establecer salas de lactancia, guarderías y jardines de infancia, y promover y apoyar el establecimiento de guarderías familiares.
Artículo 34 El departamento de salud implementará el sistema de certificado de vacunación infantil, prevenirá y tratará activamente enfermedades comunes y frecuentes en los niños, fortalecerá la supervisión y gestión de la prevención y el control de enfermedades infecciosas y brindará servicios profesionales. Orientación sobre el trabajo de atención médica de las instituciones de cuidado infantil.
Artículo 35 Los gobiernos populares en todos los niveles y departamentos pertinentes adoptarán diversas formas para cultivar y capacitar a maestros de jardín de infantes y escuelas de párvulos y fortalecer su educación política, ideológica y profesional.
Artículo 36 El Estado protege de la infracción los logros intelectuales y los derechos honoríficos de los menores de conformidad con la ley.
Para los menores con talentos especiales o logros destacados, el Estado, la sociedad, las familias y las escuelas deben crear condiciones favorables para su sano desarrollo.
Artículo 37: Si los menores completan el número especificado de años de educación obligatoria y ya no ingresan a la educación superior, los departamentos gubernamentales, grupos sociales, empresas e instituciones pertinentes deberán brindarles capacitación vocacional y técnica basada en el nivel real. situación y proporcionarles Crear condiciones de empleo.
Capítulo 5 Protección Judicial
Artículo 38: Para los menores que hayan violado la ley y cometido delitos, se seguirán los principios de educación, reforma y salvamento, siendo la educación el sustento principal. y el castigo será el principio supletorio.
Artículo 39 Si un menor que haya cumplido catorce años comete un delito y no esté sujeto a pena penal por ser menor de dieciséis años, se ordenará a sus padres u otros tutores que le apliquen disciplina; si es necesario, el gobierno también podrá Custodia y educación.
Artículo 40: Al tramitar casos penales menores, los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares y los tribunales populares deberán tener en cuenta las características físicas y mentales de los menores, y podrán crear agencias especiales o designar personal exclusivo para atender casos según sea necesario.
Los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares, los tribunales populares y los centros correccionales juveniles deben respetar la dignidad personal de los menores delincuentes y proteger sus derechos e intereses legítimos.
Artículo 41: Los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares y los tribunales populares mantendrán a los menores en prisión preventiva separados de los adultos detenidos.
Los menores que hayan sido condenados por el Tribunal Popular a cumplir sus penas serán detenidos y tratados por separado de los adultos que hayan cumplido sus penas.
Artículo 42: Las causas penales cometidas por menores de 14 años pero menores de 16 no serán conocidas en público. Los casos de delitos cometidos por menores de 16 años pero menores de 18 generalmente no se ven en público.
En los casos de delincuencia juvenil, antes de la sentencia, los noticieros, los programas de cine y televisión y las publicaciones públicas no divulgarán el nombre, dirección, fotografía o información de la que se pueda inferir al menor.
Artículo 43: Las familias, las escuelas y otras unidades relevantes cooperarán con los centros correccionales de delincuentes juveniles y otras unidades para educar y rescatar a delincuentes juveniles.
Artículo 44: El menor que haya sido dispensado de procesamiento o sanción penal por la Fiscalía Popular, o que haya sido suspendido por el Tribunal Popular, o que haya sido puesto en libertad o haya cumplido su pena. , pueden reanudar sus estudios, ingresar a una escuela superior o encontrar un trabajo, etc., sin discriminación.
Artículo 45: Al conocer de casos de herencia, el Tribunal Popular protegerá los derechos sucesorios de los menores de conformidad con la ley.
Cuando el Tribunal Popular conozca de un caso de divorcio, si las partes que se divorcian tienen un conflicto por la custodia de sus hijos menores y no pueden llegar a un acuerdo, emitirá un fallo basado en el principio de protección de los derechos y intereses de los niños y las circunstancias específicas de ambas partes.
Capítulo 6 Responsabilidades Legales
Artículo 46: Si se vulneran los derechos e intereses legítimos de los menores, la persona infringida o su tutor tiene derecho a solicitar a las autoridades competentes correspondientes que se ocupen de la asunto, o presentar una denuncia ante el menor de conformidad con la ley. El Tribunal Popular presentó una demanda.
Artículo 47 Quien infrinja los derechos e intereses legítimos de los menores y cause pérdidas patrimoniales u otras pérdidas o daños a los menores, deberá indemnizar o asumir otras responsabilidades civiles de conformidad con la ley.
Artículo 48 Si los profesores y el personal de las escuelas, jardines de infancia y guarderías imponen castigos corporales o castigos corporales encubiertos a estudiantes y niños menores de edad, y las circunstancias son graves, serán sancionados administrativamente por sus unidades o superior. autoridades.
Artículo 49 Si una empresa, institución o hogar individual industrial y comercial recluta ilegalmente menores de 16 años, el departamento del trabajo le ordenará corregirlo e imponerle una multa si las circunstancias son graves; El departamento industrial y comercial deberá El departamento administrativo revocará la licencia comercial.
Artículo 50 Si se permite a menores ingresar a lugares como salas comerciales de canto y baile que no sean aptos para actividades de menores, las autoridades competentes correspondientes les ordenarán realizar correcciones y podrán imponerles una multa.
Artículo 51 Quien venda, alquile o de cualquier otra forma difunda libros, diarios, publicaciones periódicas, productos audiovisuales y otras publicaciones obscenas a menores de edad será severamente castigado de conformidad con la ley.
Artículo 52: El que viole los derechos personales u otros derechos legales de los menores y constituya un delito, será investigado por responsabilidad penal de conformidad con la ley.
Quienes abusen de familiares menores de edad si las circunstancias son atroces serán investigados por responsabilidad penal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182 de la Ley Penal.
Si el personal judicial viola las normas de vigilancia y abusa de los menores bajo vigilancia, será penalmente responsable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 de la Ley Penal.
Quien se niegue a sustentar a un menor que tiene la obligación de sustentarlo, y las circunstancias sean atroces, será investigado por responsabilidad penal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 de la Ley Penal.
Quien ahogue a un niño será penalmente responsable de conformidad con el artículo 132 de la Ley Penal.
Quien sepa claramente que un edificio escolar está en peligro de derrumbarse pero no tome medidas, provocando el derrumbe del edificio escolar y víctimas, será considerado penalmente responsable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 187 del el Derecho Penal.
Artículo 53 El que instiga a menores a cometer delitos será severamente castigado conforme a la ley.
Quienes seduzcan, instigen u obliguen a menores a consumir o inyectarse drogas o a ejercer la prostitución, serán severamente castigados de conformidad con la ley.
Artículo 54 Si una parte no está satisfecha con la decisión de sanción administrativa tomada de conformidad con esta Ley, puede solicitar primero una reconsideración a la agencia administrativa del nivel inmediatamente superior o a la agencia administrativa especificada en las leyes pertinentes y regulaciones, si no está satisfecho con la decisión de reconsideración, puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular; también puede presentar una demanda directamente ante el Tribunal Popular; Las leyes pertinentes estipulan que primero se debe solicitar la revisión a la agencia administrativa. Si uno no está satisfecho con la decisión de revisión y luego presenta una demanda ante el Tribunal Popular, el caso se manejará de acuerdo con las leyes pertinentes.
Si la parte interesada no solicita la reconsideración, no presenta una demanda ante el Tribunal Popular o no implementa la decisión de sanción administrativa dentro del plazo, la agencia que tomó la decisión de sanción puede presentar una solicitud al Tribunal Popular. para ejecución forzosa o ejecución forzosa de conformidad con la ley.
Capítulo 7 Disposiciones complementarias
Artículo 55 Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado podrán formular los reglamentos pertinentes de conformidad con esta ley y presentarlos al Consejo de Estado para su aprobación e implementación.
Los comités permanentes de las asambleas populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán formular medidas de implementación de conformidad con la presente ley.
Artículo 56 La presente Ley entrará en vigor el 1 de junio de 2009.