¿Saben ahora las empresas cómo emitir informes en el Sistema Nacional de Publicidad de Información Crediticia Empresarial?
Base legal: "Reglamento Provisional sobre Divulgación de Información Empresarial"
Artículo 6 El departamento administrativo industrial y comercial divulgará la siguiente información empresarial generada en el desempeño de sus funciones a través del sistema de crédito empresarial. sistema de divulgación de información: (1) información de registro y presentación; (2) información de registro de hipotecas muebles; (3) información de registro de prenda de capital; (4) información de sanciones administrativas; (5) otra información que debe divulgarse de conformidad con la ley; La información empresarial especificada en el párrafo anterior deberá publicarse dentro de los veinte días hábiles siguientes a la fecha de su generación.
Artículo 7 Los departamentos gubernamentales distintos de los departamentos administrativos industriales y comerciales (en adelante, otros departamentos gubernamentales) divulgarán la siguiente información empresarial generada en el desempeño de sus funciones: (1) Aprobación de licencia administrativa, información sobre cambios y reemplazos; (2) información sobre sanciones administrativas; (3) otra información que debe divulgarse de conformidad con la ley. Otros departamentos gubernamentales podrán publicar la información empresarial especificada en el párrafo anterior a través del sistema de divulgación de información crediticia empresarial u otros sistemas. Los departamentos de administración industrial y comercial y otros departamentos gubernamentales deben implementar la interconexión y el intercambio de información empresarial de acuerdo con los requisitos generales para la construcción de la plataforma nacional de información de crédito social.
Artículo 8 Las empresas presentarán el informe anual del año anterior al departamento administrativo industrial y comercial a través del sistema de divulgación de información crediticia empresarial del 1 al 30 de junio de cada año y lo harán público. . Las empresas registradas en el año en curso deberán presentar y publicar informes anuales a partir del año siguiente.