¿Qué debo hacer si la familia del sospechoso interfiere con el manejo del caso?
1. Si el comportamiento de los familiares de los sospechosos de delitos al interferir en la tramitación de los casos por los órganos judiciales no constituye una delito, los órganos judiciales correspondientes darán determinadas advertencias o sanciones administrativas correspondientes.
2 Quienes ayuden a sospechosos o imputados a ocultar, destruir, falsificar pruebas o conspirar con otros, constituyendo delito, serán detenidos. responsables de sus correspondientes responsabilidades legales de conformidad con la ley.
Base Legal
Artículo 44 de la Ley de Procedimiento Penal
Los defensores o cualquier otra persona no ayudarán a los sospechosos o acusados de un delito a ocultar, destruir, falsificar pruebas o confabularse con confesiones, y no podrá amenazar ni inducir a los testigos a cometer perjurio ni a participar en otros actos que obstruyan los procedimientos judiciales.
Quien viole lo dispuesto en el párrafo anterior será considerado legalmente responsable de conformidad con la ley. Si el defensor es sospechoso de haber cometido un delito, el caso será manejado por un organismo de investigación distinto del organismo de investigación donde el defensor manejó el caso. Si el defensor fuera abogado, deberá comunicarlo prontamente a su despacho o al colegio de abogados al que pertenezca.