Una persona que haya cumplido 16 años comete un delito y tendrá responsabilidad penal, que es la edad de plena responsabilidad penal. Si una persona mayor de 14 años pero menor de 16 comete homicidio intencional, lesión intencional, lesión grave o muerte, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o colocación de sustancias peligrosas, incurrirá en responsabilidad penal, es decir , la edad relativa de responsabilidad penal. Las personas entre 14 y 16 años que no cometan los delitos anteriores no serán penalmente responsables. No importa qué tipo de comportamiento ponga en peligro a la sociedad, las personas menores de 14 años no tendrán responsabilidad penal, que es la edad en la que no existe responsabilidad penal alguna. Si una persona mayor de 14 años pero menor de 18 comete un delito, se le impondrá una pena más leve o reducida. La edad en el momento del delito se calcula según el año, mes y día del calendario gregoriano. Después de celebrar tu primer cumpleaños, cumplirás un año a partir del día siguiente. Los menores de 16 años no estarán sujetos a sanción penal y se ordenará disciplina a sus padres o tutores. Cuando sea necesario, el gobierno también puede proporcionar custodia y reeducación. En el juicio de causas penales juveniles aún no se ha determinado la edad en el momento del delito, pero está relacionado con si se debe perseguir la responsabilidad penal y qué pena se debe imponer, la cual debe ser devuelta a la fiscalía para una investigación complementaria. . Las personas menores de 18 años en el momento del delito y las mujeres que estaban embarazadas en el momento del juicio no son elegibles para la pena de muerte y tienen una pena de muerte suspendida. Si una persona que ha cumplido setenta y cinco años comete intencionalmente un delito, se le podrá imponer una pena más leve o reducida; si comete un delito por negligencia, se le impondrá una pena más leve o reducida; La pena de muerte no se aplica a las personas que hayan cumplido setenta y cinco años en el momento del juicio, a menos que la muerte sea causada por medios especialmente crueles.
Las personas menores de 14 años no tendrán responsabilidad penal sin importar qué tipo de comportamiento sea perjudicial para la sociedad. Esta es la edad en la que están completamente exentos de responsabilidad penal. El derecho penal de nuestro país estipula dicha edad penal para proteger eficazmente el crecimiento saludable de los niños. Cuando se comportan de manera dañina, debemos adherirnos a la política de dar prioridad a la educación y complementar el castigo, centrándonos en la educación, la transformación y el rescate. Incluso si se castiga a un número muy reducido de personas, su objetivo es educar. Por tanto, la actual edad penal de nuestro país no sólo es científica, sino también razonable.
Base jurídica: El párrafo 2 del artículo 17 de la "Ley Penal" estipula: "Una persona que haya cumplido catorce años pero no haya cumplido dieciséis años es culpable de homicidio intencional, lesiones intencionales, lesiones graves lesiones o muerte, violación, Quienes cometan delitos como robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o colocación de sustancias peligrosas tendrán responsabilidad penal.