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Medidas provisionales para la gestión de demostración del desarrollo y utilización de arena marina

Artículo 1 Con el fin de estandarizar la solicitud, organización, aprobación y gestión de la demostración del área marítima para la extracción de arena marina y mejorar la naturaleza científica de la aprobación del proyecto de extracción de arena marina, de conformidad con la "Ley de Recursos Minerales de la República Popular China", Estas medidas se formulan en las "Disposiciones provisionales sobre la gestión del uso de la zona marítima" y "Sobre el fortalecimiento del Aviso sobre la gestión de la extracción de arena marina" (Guo Guo Zi Fa [1999] Nº 52). Artículo 2 Cualquier persona jurídica, persona física u otra organización (en adelante, el solicitante) que solicite la extracción de arena marina dentro del territorio de la República Popular China y los mares interiores, mares territoriales y otras áreas marítimas bajo su jurisdicción deberá llevar a cabo una demostración del uso de las áreas de extracción de arena marina (en lo sucesivo, el solicitante) de conformidad con el argumento de estas Medidas (en lo sucesivo, el solicitante). Artículo 3 La Administración Oceánica del Estado es responsable de la organización, peritaje y aprobación de las manifestaciones.

Las agencias de gestión marina de áreas marítimas, provincias costeras, regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central o ciudades bajo planificación estatal separada (en adelante, el departamento de revisión preliminar) son responsables de la revisión preliminar antes demostración. Artículo 4 Antes de realizar la demostración, el departamento de examen preliminar realizará primero un examen preliminar del área marina utilizada por el proyecto de extracción de arena marina propuesto por el solicitante. El organismo de gestión de zonas marítimas es responsable del examen preliminar de las zonas marinas utilizadas por proyectos de extracción de arena marina más allá de las 12 millas náuticas; los departamentos administrativos marinos de las provincias costeras, regiones autónomas, municipios o ciudades sujetos a una planificación estatal independiente son responsables del examen preliminar de las zonas marítimas utilizadas por proyectos de extracción de arena marina más allá de las 12 millas náuticas; uso del mar por proyectos de extracción de arena marina dentro de 12 millas náuticas dentro de 12 millas náuticas, transfronterizos Los proyectos de extracción de arena marina en provincias, regiones autónomas y municipios que utilicen áreas marítimas serán revisados ​​inicialmente por la agencia de gestión del uso del área marina en consulta con la autoridad competente. Departamentos administrativos marítimos provinciales, autonómicos y municipales.

Cuando el departamento de revisión preliminar realiza la revisión preliminar, debe centrarse en los siguientes contenidos:

1. Si el proyecto de extracción de arena marina aplicado cumple con la zonificación funcional marina y el desarrollo marino. plan 2. Solicitud de extracción de arena marina Si el área marina se ha establecido con derechos de uso del área marina, si hay estructuras costa afuera o instalaciones en el fondo marino 3. Si el área marina donde se extrae la arena marina se superpone con un área protegida, militar; zona, zona de cría, zona de pesca y zona de navegación 4. Otros asuntos que necesitan ser revisados ​​contenido;

El departamento de revisión preliminar también coordinará la relación de intereses entre el proyecto de extracción de arena marina y otras actividades de desarrollo marino relacionadas, y formulará opiniones de coordinación por escrito. Artículo 5 Una vez completada la revisión preliminar, el solicitante deberá presentar una solicitud por escrito de demostración a la Administración Oceánica del Estado, junto con las opiniones del departamento de revisión preliminar. La demostración sólo se puede realizar después de la aprobación. Artículo 6 Una vez aprobada la solicitud de demostración, el solicitante puede confiar a una unidad que posea un certificado de calificación de Clase A para el estudio de proyectos marinos especiales o un certificado de calificación de Clase A para la demostración de viabilidad del área marítima la realización de la demostración y presentar los siguientes materiales a la unidad. realizar la demostración:

1. Documento aprobado por la Administración Oceánica Estatal para la demostración; 2. Informe de exploración de arena marina de los últimos cinco años aprobado por el departamento de administración geológica y minera nacional 3. Alcance de la extracción de arena marina; (incluido el mapa de ubicación, coordenadas de longitud y latitud) y volumen de minería, métodos de minería, período y usos de minería, etc. ;4.Otra información relevante. Artículo 7 El trabajo de demostración debe ser objetivo y preciso, coherente con la zonificación funcional marina y la planificación del desarrollo marino, y cumplir con las normas y estándares pertinentes. Artículo 8 La unidad responsable de la demostración realizará la demostración de acuerdo con el "Esquema de preparación temporal para el Informe de demostración sobre el desarrollo y utilización de arena de mar" y preparará el "Informe de demostración sobre el desarrollo y utilización de arena de mar" (en adelante denominado "Informe de familiarización"). Artículo 9 Una vez completado el informe, la Administración Oceánica del Estado organizará expertos para revisar el informe, formular opiniones escritas de la revisión de expertos y enviarlas al solicitante de manera oportuna. Artículo 10 Una vez finalizada la revisión pericial, el solicitante deberá presentar una solicitud por escrito para la revisión y aprobación del informe de demostración a la Administración Oceánica del Estado y adjuntar los siguientes documentos e información:

1. desarrollo y utilización de arena de mar; 2. Opiniones de revisión escrita de expertos; 3. Información básica del solicitante y una copia de la licencia comercial original; 4. Certificados de crédito relevantes; 5. Otros materiales relevantes requeridos por la Administración Oceánica del Estado; Artículo 11 La Administración Oceánica del Estado tomará una decisión sobre la aprobación o desaprobación dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de una solicitud escrita que cumpla con los requisitos, y notificará al solicitante por escrito.

Si se aprueba, el solicitante deberá pagar la tarifa por el uso del área marítima al departamento correspondiente dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción del aviso de aprobación y luego acudir a la Administración Oceánica Estatal para gestionar el uso del área marítima. trámites con el recibo de tarifa de uso del área marítima y recibir el Certificado de Uso del área marítima nacional. Si la solicitud no se tramita dentro del plazo, el solicitante deberá volver a presentarla.

Los proyectos de extracción de arena marina más allá de las 12 millas náuticas y en provincias, regiones autónomas y municipios deben pagar tarifas de uso del área marina a la agencia de gestión marina del área marina. Los proyectos de extracción de arena marina dentro de las 12 millas náuticas deben ser; llevado a cabo de conformidad con las "Disposiciones provisionales sobre la gestión del uso del área marítima" nacionales, pagará tarifas de uso del área marítima al departamento administrativo marítimo correspondiente.

Si no se concede la aprobación, la Administración Oceánica del Estado explicará los motivos al solicitante.

Artículo 12 Cualquiera que extraiga minas sin demostración, sin aprobación de demostración o sin obtener una licencia nacional de uso de la zona marítima será sancionado de conformidad con la "Ley de Recursos Minerales de la República Popular China" y las "Disposiciones provisionales sobre la gestión del uso de la zona marítima". ". Artículo 13 Los fondos de demostración correrán a cargo del solicitante. Artículo 14 La Administración Oceánica del Estado es responsable de la interpretación de estas Medidas. Artículo 15 Estas Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.