Medidas de la provincia de Hunan para la implementación de la "Ley de la República Popular China sobre la Protección de Menores" (revisión de 2021)
(1) amar la patria, el pueblo, el trabajo, la ciencia y el socialismo;
(2) respetar la ley y la sociedad Ética pública , cuidar la propiedad pública, proteger el medio ambiente y tener un sentido de responsabilidad social;
(3) Tratar a los demás con cortesía, respetar a los mayores y cuidar a los jóvenes, ser honesto y modesto, trabajar duro y vivir claramente;
(4) Estudiar mucho, dominar el conocimiento científico y cultural y las habilidades laborales;
(5) Apreciar la vida, prestar atención a la seguridad, hacer ejercicio y prestar atención a la higiene;
(6) Salud mental, con capacidad de protegerse y distinguir el bien del mal Capacidad de resistir la tentación o infracción de malas conductas y conductas ilegales y delictivas. Artículo 3 Los organismos estatales de todos los niveles harán un buen trabajo en la protección de los menores dentro del ámbito de sus respectivas responsabilidades.
Los gobiernos populares de todos los niveles dirigirán los departamentos pertinentes para hacer un buen trabajo en la protección de los menores, discutir y decidir sobre cuestiones importantes en la protección de los menores; incorporar la protección de los menores en el desarrollo económico y social nacional; planes y planes anuales, y fondos relevantes Incorporados al presupuesto fiscal del gobierno al mismo nivel. Artículo 4 El Comité de Protección de Menores del gobierno popular a nivel de condado o superior es responsable de orientar y coordinar la protección de menores. Sus responsabilidades son:
(1) Promover y organizar el estudio de las leyes y reglamentos. relacionados con la protección de menores y políticas;
(2) Organizar, coordinar e instar a las agencias o empresas e instituciones estatales pertinentes a hacer un buen trabajo en la protección de menores;
(3 ) Aceptar violaciones legales de menores Las quejas, informes y acusaciones sobre actividades de derechos e intereses se transferirán y se instarán a que sean manejados por las agencias estatales pertinentes;
(4) Establecer y mejorar sistemas relevantes para la protección de menores , investigar y estudiar cuestiones importantes en la protección de menores, e informar a los organismos estatales pertinentes, presentar opiniones y sugerencias;
(5) Otras responsabilidades que debe asumir el Comité de Protección de Menores.
La oficina del Comité de Protección de Menores es responsable del trabajo diario del Comité de Protección de Menores.
Los gobiernos populares de los municipios y las oficinas de los subdistritos de las ciudades deben determinar el personal que será específicamente responsable de la protección de los menores. Artículo 5 La Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres, los Sindicatos, la Federación de Personas con Discapacidad, la Federación de Jóvenes, la Federación de Estudiantes, los Jóvenes Pioneros, el Comité de Trabajo para el Cuidado de la Próxima Generación y otras organizaciones sociales pertinentes salvaguardarán los derechos e intereses legítimos de los menores. Como deber importante, ayudar al gobierno popular a proteger a los menores. Artículo 6 Las unidades y las personas que se encuentren en cualquiera de las siguientes circunstancias serán elogiadas y recompensadas por el gobierno popular o los departamentos administrativos pertinentes:
(1) Aquellos que hayan logrado logros sobresalientes en la educación y formación de menores;< /p >
(2) Rescatar, ayudar y educar a menores de edad que tengan malas conductas graves e ilegales y delictivas con logros sobresalientes;
(3) Proporcionar condiciones materiales para el sano crecimiento de los menores o mejorar su salud mental; quienes hayan realizado contribuciones destacadas a los productos;
(4) quienes tengan un desempeño destacado en la lucha contra actos que vulneren los derechos e intereses legítimos de los menores;
(6) Desempeño sobresaliente en la prestación de asistencia jurídica a menores;
(7) Otros logros destacados en la protección de menores contribuyeron. Capítulo 2 Protección de la familia Artículo 7 Los padres, como tutores legales de los hijos menores, cumplirán las obligaciones de tutela y manutención de conformidad con la ley, crearán un buen entorno de vida familiar para los hijos menores y proporcionarán las condiciones materiales, mentales y médicas necesarias.
Otros adultos de la familia tienen la responsabilidad de auxiliar al tutor en el cuidado, educación y protección del menor. Artículo 8 Si uno de los progenitores fallece, el otro cumplirá las obligaciones de tutela y manutención de los hijos menores, independientemente de que se vuelvan a casar o no. Si uno de los padres fallece o pierde a un tutor, otros tutores desempeñarán las obligaciones de tutela y manutención de conformidad con la ley.
Si los padres están divorciados, deberán cumplir con sus obligaciones de custodia y manutención de sus hijos menores de acuerdo con el acuerdo o sentencia, y ninguna de las partes podrá negarse a cumplir o impedir o restringir el cumplimiento de la otra parte.
Artículo 9 Si los padres no pueden desempeñar las funciones de tutela de sus hijos menores debido al trabajo migratorio u otras razones, deben confiar a otros adultos con capacidad de tutela para que realicen las funciones en su nombre. Antes de encomendar la tutela se debe escuchar la opinión de los hijos menores de edad que tengan capacidad de expresar su voluntad.
Los padres deben informar con prontitud sobre el estado de la tutela confiada al comité de la aldea (vecindario) y a la escuela donde viven o residen habitualmente sus hijos menores. Los comités (de residentes) de aldea y las escuelas deben fortalecer el contacto con los tutores encargados para brindar la ayuda necesaria a los menores.
Los padres deben mantener contacto regular con sus hijos menores y sus tutores, preocuparse por su salud física y mental, su vida y sus estudios, y proporcionarles el soporte vital necesario.
El tutor encomendado ejercerá las funciones de tutela de conformidad con el contrato de encomienda y salvaguardará eficazmente los derechos e intereses legítimos de los menores. Artículo 10 Los padres u otros tutores deberán cumplir las siguientes obligaciones:
(1) Educar y cultivar a los menores para que tengan un buen carácter ideológico y moral;
(2) Garantizar que los menores de la edad adecuada cumplir con la ley Aceptar y completar la educación obligatoria, y evitar que los menores que reciben educación obligatoria abandonen la escuela;
(3) Orientar a los menores para que desarrollen buenos hábitos de estudio y vida, alentarlos y apoyarlos para que participen en trabajo familiar y de bienestar social, además de diversas actividades culturales, de entretenimiento, deportivas, de interacción social, simulacros de prevención y evitación de desastres y otras actividades activas y saludables, los menores no serán obligados a realizar trabajos ni actividades que afecten su salud física y mental;
(4) Garantizar a los menores la cultura, el entretenimiento, las actividades deportivas y el tiempo de sueño;
(5) Educar a los menores para que no vean, lean, escuchen, recopilen o difundan cosas que pongan en peligro la seguridad nacional. seguridad, obscenidad, pornografía, violencia y cultos, libros supersticiosos, diarios y publicaciones periódicas, programas de cine y televisión, productos de audio y vídeo, publicaciones electrónicas e información en línea;
(6) Prevenir y evitar que los menores fumen, beber, faltar a la escuela, pasar la noche en casa, huir de casa y adicciones a Internet, peleas, juegos de azar, consumo de drogas y transporte de mercancías peligrosas;
(7) No se negará a cumplir con las obligaciones de tutela y manutención por motivos que los hijos menores sean discapacitados, enfermos, mujeres o hayan cometido actos ilegales o delictivos.
(8) No se cometerá violencia doméstica contra menores, y los menores no serán discriminados, abusados, abandonados o mutilados;
(9) No se permitirá ni obligará a los menores de edad a interactuar con otras personas mediante compromiso o matrimonio;
(10) Las demás obligaciones previstas en el Código Civil y demás leyes y reglamentos.