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¿Es ilegal que los padres golpeen y regañen a sus hijos?

1. Si los padres golpean y regañan a sus hijos, no es ilegal si es disciplina normal.

En segundo lugar, si el comportamiento de codificación de un padre excede el alcance de la disciplina normal y causa un daño grave a la salud física y mental del niño, es ilegal.

La "Ley contra la violencia doméstica" estipula claramente que los tutores de menores deben llevar a cabo la educación familiar de manera civilizada, realizar tareas de tutela y educación de acuerdo con la ley y no deben cometer violencia doméstica.

La violencia doméstica se refiere a la agresión física y mental entre miembros de la familia en forma de golpizas, ataduras, mutilaciones, restricciones de la libertad personal, abuso sexual frecuente e intimidación.

No sólo es ilegal que los padres azoten a sus hijos, sino que en casos graves también pueden ser condenados a prisión.

Si las consecuencias no son graves, puedes utilizar la crítica y la educación para instarles a corregir conscientemente sus errores y adoptar métodos correctos de educación de los niños. Sin embargo, para aquellos padres que frecuentemente golpean y regañan a sus hijos, las circunstancias son graves, las consecuencias son graves y han constituido un delito, deben ser remitidos a las autoridades judiciales para investigar su responsabilidad penal de conformidad con la ley.

Por ejemplo, si los padres a menudo golpean, regañan o castigan corporalmente a sus hijos, y las circunstancias son atroces, como ser crueles, duran mucho tiempo y causan indignación pública si se niegan a cambiar a pesar de repetidas amonestaciones. , o causar lesiones graves o la muerte a sus hijos, deben ser procesados ​​por el delito de abuso o lesión intencional.

Acerca del delito de maltrato

El delito de maltrato se refiere al uso de golpes y regaños, confinamiento, ataduras, congelamiento y hambre, falta de tratamiento de enfermedades, trabajo físico excesivo forzado, etc. Los familiares vivos cometen delitos que los devastan y torturan física y mentalmente. , constituyen un delito.

Sentencia por el delito de maltrato:

Según la legislación penal, quien maltrate a un familiar, si las circunstancias son graves, será condenado a pena privativa de libertad fija de no menos de más de dos años, detención penal o vigilancia. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de siete años.

Fundamentos del delito de maltrato:

1. Elementos principales

El sujeto de este delito es un sujeto especial, que debe ser miembro del mismo. familia, y existe entre ellos cierta relación de parentesco o relación de apoyo. Como marido y mujer, padres, hijos, hermanos y hermanas, etc. El maltratador es un miembro que tiene ciertas obligaciones de manutención y tiene ciertas ventajas en estatus económico o familiar. Las personas que no sean familiares no pueden ser objeto de este delito.

2. Factores subjetivos

Este delito es subjetivamente intencional, es decir, causa intencionadamente destrucción física y psíquica y tortura a la víctima. En cuanto a las motivaciones del abuso, hay muchas. Independientemente del motivo, no afecta la condena, pero debe tenerse en cuenta al dictar sentencia.

3. Elemento objeto

El objeto de este delito sólo pueden ser miembros de la familia que convivan. Los "miembros de la familia" mencionados aquí se refieren a miembros tales como marido y mujer, padres, hijos, hermanos y hermanas que viven juntos en la misma familia.

4. Elementos objetivos

Este delito se manifiesta objetivamente como maltrato a familiares y conducta agravante.

"Abuso" se refiere a la persecución física y mental, la tortura y la destrucción de personas que viven juntas mediante diversos métodos, como golpear y regañar, congelar y hacer pasar hambre, atar, forzar trabajos físicos excesivos, restringir la libertad, personalidad humillante, etc. Comportamiento de los miembros de la familia.

La característica obvia que distingue el abuso de las palizas o castigos corporales ocasionales es que el abuso suele ser continuo y relativamente continuo.

El abuso debe ser atroz para constituir un delito.

Las llamadas "circunstancias atroces" se refieren a los motivos despreciables del abuso, los métodos crueles, la larga duración y las víctimas son jóvenes y viejos, enfermos y embarazadas. Se han cometido golpes, malas palabras, disputas domésticas en general o abuso, pero las circunstancias son menores y las consecuencias no son graves, no constituye el delito de abuso.

Algunos padres utilizan métodos sencillos y toscos para educar a sus hijos, en ocasiones incluso golpes, regaños y castigos corporales. Este comportamiento es incorrecto y debe ser criticado y educado. Mientras la víctima no sea torturada física o mentalmente intencionalmente, no debe ser castigada con el delito de crueldad.

Acerca del delito de lesiones intencionales

El delito de lesiones intencionales se refiere a la conducta de dañar intencionada e ilegalmente la salud de otras personas.

Sentencia: Según la ley penal, quien intencionalmente dañe el cuerpo de otra persona será sancionado con pena privativa de libertad no mayor a tres años, detención penal o vigilancia.

Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, el que cause la muerte o una invalidez grave por medios especialmente crueles; Será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o a cadena perpetua o pena de muerte.

Los componentes son los siguientes:

1. Elemento objeto:

El objeto de la infracción es el derecho a la salud de otros. Los denominados derechos corporales se refieren a los derechos de la personalidad de las personas físicas, cuyo contenido es mantener la integridad de sus extremidades, órganos y demás tejidos.

Cabe señalar que viola los derechos corporales de otros, por lo que dañar intencionalmente el propio cuerpo generalmente no se considera un delito. La autolesión sólo puede constituir un delito si viola las normas penales pertinentes con el fin de dañar los intereses sociales. Por ejemplo, si un soldado se lesiona durante la guerra y elude el cumplimiento de sus obligaciones del servicio militar, será considerado penalmente responsable de conformidad con el artículo 434 del Código Penal.

2. Factores objetivos:

El delito de lesión intencional se manifiesta objetivamente como un acto de dañar ilícitamente el cuerpo ajeno.

(1) Poner en peligro la salud de los demás.

Poner en peligro la salud de los demás se puede manifestar de dos formas: inacción activa e inacción pasiva. Los primeros incluyen puñetazos y patadas, cortes y disparos con cuchillos, golpear piedras con palos y quemar con agua hirviendo. Estos últimos, como una niñera encargada de proteger a los niños pequeños, son irresponsables. Ver a un niño apuñalarse a sí mismo con un cuchillo, pero aun así ignorarlo y, como resultado, que el niño se apuñale a sí mismo a ciegas, puede constituir este delito.

Puede ser realizado por uno mismo, o por otras personas como menores y enfermos mentales, o por animales domésticos como serpientes venenosas y perros pastores alemanes.

No sólo puede dañar la apariencia del cuerpo humano, sino también dañar los tejidos y órganos internos, dificultando sus actividades funcionales normales.

En resumen, ya sea que lo lleve a cabo directa o indirectamente la persona, sin importar a qué parte se apunte o qué método se utilice, siempre que pueda causar intencionalmente daños a la salud personal de otros, puede constituir el delito de lesiones intencionales.

(2) La conducta que daña el cuerpo de otros debe ser ilegal.

Si una determinada conducta dañina está permitida por la ley, no puede constituir un daño intencionado, como un daño indebido causado en defensa propia, un médico amputando un miembro de un paciente para recibir tratamiento médico, etc.

Debe analizarse en detalle si el daño que la víctima consintió es legal.

Si el consentimiento de la víctima tiene como objetivo dañar a la sociedad, este consentimiento no puede excluir la ilegalidad del daño; si el consentimiento tiene como objetivo beneficiar a la sociedad, puede excluir la ilegalidad del comportamiento dañino de otras personas; .

(3) El acto de dañar el cuerpo ajeno debe causar un cierto grado de daño al cuerpo ajeno para constituir el delito de lesión intencional.

Si se trata simplemente de puñetazos, patadas, tirones y desgarros ordinarios, que no causan daño, no pueden ser castigados como lesión intencional.

Los resultados de las lesiones pueden ser diversos. Algunos dañan la integridad de los tejidos de otras personas, como morderse la nariz, cortar manos y pies; otros dañan las funciones normales de otros órganos, como la pérdida de audición; , visión y gusto, trastornos mentales, etc.

Pero en cuanto a la gravedad del resultado, existen tres formas: lesión leve, lesión grave o muerte. Si la lesión no causa más que una lesión leve, no alcanza el nivel de lesión, o incluso si lo hace, es una lesión leve, no puede ser sancionada como lesión intencional.

La denominada lesión menor se refiere a un cierto grado de daño o disfunción parcial de tejidos y estructuras de órganos debido a factores físicos, químicos, biológicos y otros externos. No constituye una lesión grave pero no lo es. una herida menor.

La identificación debe basarse en el daño primario y sus consecuencias causadas directamente por factores externos, incluyendo el daño en el momento del daño, las complicaciones y secuelas provocadas por el daño, etc.

Lesión grave se refiere a discapacidad física o desfiguración, pérdida de audición, visión u otras funciones de órganos y otras lesiones que son gravemente perjudiciales para la salud personal.

3. Elementos principales:

El tema del delito de lesión intencional es un tema general.

Puede cometer el delito de lesión dolosa cualquier persona física que haya alcanzado la mayoría de edad penal y tenga capacidad de ser penalmente responsable. Entre ellos, tendrá responsabilidad penal toda persona física mayor de 14 años pero menor de 16 que intencionalmente cause lesiones graves o la muerte. Si causas lesiones leves, debes tener 16 años para ser considerado culpable de lesión intencional.

Si una persona mayor de 12 años pero menor de 14 comete el delito de lesiones intencionales y causa la muerte o una invalidez grave por medios especialmente crueles, y las circunstancias son graves, incurrirá en responsabilidad penal aprobación de la acusación por la Fiscalía Suprema del Pueblo.

4. Factores subjetivos:

El delito de lesión intencional es subjetivamente intencional, es decir, existe una actitud de conocimiento, esperanza o laissez-faire hacia el resultado de la lesión.

Base Jurídica

Artículo 260 de la Ley Penal

Quien abuse de un familiar, si las circunstancias son graves, será sancionado con prisión de duración determinada de no más de dos años, detención penal o vigilancia.

Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de siete años.

Para el delito del párrafo 1, excepto cuando la víctima no pueda quejarse o no pueda quejarse debido a coerción o intimidación, sólo se tratará a aquellos que se quejen.

Artículo 234

El que intencionalmente dañe el cuerpo de otro, será castigado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal o vigilancia pública.

Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, el que cause la muerte o una invalidez grave por medios especialmente crueles; Será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o a cadena perpetua o pena de muerte. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.

El artículo 12 de la "Ley contra la violencia doméstica" estipula que los tutores de menores deben llevar a cabo la educación familiar de manera civilizada, desempeñar sus funciones de tutela y educación de acuerdo con la ley y no deben cometer violencia doméstica. .