Red de Respuestas Legales - Ayuda legal - La policía aduanera no tiene derecho a ver información confidencial, como libros de cuentas corporativas, durante las inspecciones.

La policía aduanera no tiene derecho a ver información confidencial, como libros de cuentas corporativas, durante las inspecciones.

La "Ley de Aduanas" estipula:

Artículo 6 La Aduana podrá ejercer las siguientes facultades:

(1) Inspeccionar los medios de transporte entrantes y salientes, inspeccionar las mercancías y artículos entrantes y salientes; esta Ley o de otro modo. Sujetos a las leyes y reglamentos administrativos pertinentes, podrán ser detenidos.

(2) Verificar los documentos del personal de entrada y salida; interrogar a los sospechosos que hayan violado esta Ley u otras leyes y reglamentos administrativos pertinentes, e investigar sus actos ilegales.

(3) Inspeccionar y copiar contratos, facturas, libros de cuentas, documentos, registros, documentos, correspondencia comercial, productos de audio y video y otros materiales relacionados con medios de transporte entrantes y salientes, bienes y artículos infractores; esta Ley u otros vehículos de transporte de entrada y salida, mercancías y artículos relacionados con leyes y reglamentos administrativos.

(4) Inspeccionar los vehículos de transporte sospechosos de contrabando y los lugares sospechosos de esconder mercancías y artículos de contrabando en las zonas de supervisión aduanera y las zonas costeras cercanas a las aduanas, e inspeccionar los cuerpos de los sospechosos de contrabando con la aprobación de la autoridad inferior; el director de aduanas de nivel, los vehículos de transporte, las mercancías, los artículos y los sospechosos de contrabando pueden ser detenidos; el tiempo de detención de los sospechosos de contrabando no excederá las 24 horas y podrá ampliarse a 48 horas en circunstancias especiales.

En zonas fuera del área de supervisión aduanera y en zonas costeras cercanas a la aduana, cuando la aduana esté investigando casos de contrabando, con la aprobación del director de la aduana directamente dependiente de la aduana o del director de la aduana subordinada autorizada por él, el transporte de mercancías sospechosas de contrabando fuera de la residencia de los ciudadanos. Para inspeccionar herramientas y lugares sospechosos de ocultar mercancías y artículos de contrabando, las partes pertinentes deben estar presentes, si las partes no están presentes, se podrá realizar la inspección; en presencia de testigos; en el caso de medios de transporte, bienes y objetos sospechosos de contrabando mediante pruebas, la inspección podrá realizarse con detención.

El alcance de las áreas costeras cercanas a la aduana será determinado por la Administración General de Aduanas y el departamento de seguridad pública del Consejo de Estado en conjunto con los gobiernos populares provinciales pertinentes.

(5) Al investigar casos de contrabando, los depósitos y remesas de unidades e individuos sospechosos en instituciones financieras y empresas postales pueden consultarse con la aprobación del director de aduanas directamente dependiente de la aduana o del director de la aduana de nivel inferior autorizada por él.

(6) Si los vehículos de transporte entrantes y salientes o las personas escapan en violación de la supervisión aduanera, la aduana puede perseguirlos continuamente fuera del área de supervisión aduanera y en las zonas costeras y fronterizas cercanas a la aduana, y traerlos de regreso. para su procesamiento.

(7) Las Aduanas podrán estar equipadas con armas para realizar sus funciones. Las normas para el porte y uso de armas por parte del personal de aduanas serán formuladas por la Administración General de Aduanas en colaboración con el departamento de seguridad pública del Consejo de Estado y presentadas al Consejo de Estado para su aprobación.

(8) Las demás facultades que ejerce la aduana según lo estipulan las leyes y reglamentos administrativos.

Artículo 7 Todas las regiones y departamentos apoyarán a las aduanas en el ejercicio de sus poderes de conformidad con la ley y no interferirán ilegalmente con las actividades de aplicación de la ley aduanera.