Mis padres son ancianos y, como personas de responsabilidad civil, no tienen capacidad de conducta civil. ¿Deberían los hijos adultos compensar a sus padres? Los hijos no heredan los bienes de sus padres.
Los padres tienen plena capacidad jurídica para la conducta civil y deben asumir de forma independiente las responsabilidades civiles correspondientes. Por lo tanto, los hijos no tienen obligación legal de pagar las deudas de sus padres; por supuesto, los hijos lo hacen voluntariamente y la ley no interfiere. Al mismo tiempo, si la deuda no ha sido saldada al fallecer los padres, los hijos serán responsables de pagar la deuda hasta el límite de la herencia. Excepto por renunciar a la herencia.
Enlace legal: ¿Artículo 33 de la “Ley de Sucesiones”? La herencia cancelará los impuestos y deudas que el causante deba pagar según la ley, y el pago de impuestos y deudas se limitará al valor real de su herencia. La parte que exceda del valor real de la herencia será reembolsada voluntariamente por los herederos.
Si el heredero renuncia a la herencia, no necesita soportar los impuestos y deudas que el causante debe pagar según la ley.