Preparación para el delito, cesación del delito, intento de delito y consumación del delito
Base jurídica:
Derecho Penal de la República Popular China
Artículo 22
Para cometer un delito se deben preparar herramientas y crear condiciones. Esto es preparación para el crimen. Para los delincuentes preparatorios, la pena podrá reducirse, reducirse o eximirse en función de la consumación del delito.
Artículo 23
Si el delito se ha cometido y fracasa por causas ajenas a la voluntad del delincuente, se trata de tentativa de delito. Un intento de delito puede recibir una pena más leve o reducida en comparación con un delito consumado.
Artículo 24
Durante la ejecución de un delito, la renuncia voluntaria al delito o la prevención automática y efectiva de que se produzcan sus consecuencias es el cese del delito. Si el que suspende no causa daño alguno, quedará exento de pena; si causa daño, se le reducirá la pena;