Políticas fiscales preferenciales para empresas de logística
Análisis jurídico: 1. Los servicios de transporte se refieren a actividades comerciales que utilizan herramientas de transporte para transportar mercancías o pasajeros a sus destinos y transferir su ubicación espacial. Incluyendo servicios de transporte terrestre, servicios de transporte acuático, servicios de transporte aéreo y servicios de transporte por tuberías. Los servicios de transporte sin medio de transporte están sujetos al IVA como servicios de transporte. Los negocios no relacionados con el transporte se refieren a actividades comerciales en las que el operador firma un contrato de servicio de transporte con el transportista como transportista, recoge la carga y asume la responsabilidad del transportista, y luego confía al transportista real para que complete el servicio de transporte. 2. Los servicios de gestión de procesos de negocio se refieren a actividades que dependen de la tecnología de la información para proporcionar gestión de recursos humanos, gestión financiera y económica, gestión de auditorías, gestión fiscal, gestión de información logística, gestión de información empresarial y servicios de centro de llamadas. 3. Servicios auxiliares de logística, incluidos servicios de aviación, servicios de terminales portuarias, servicios de terminales de carga, servicios de salvamento y salvamento, servicios de carga y descarga, servicios de almacenamiento y servicios de distribución.
Base legal: "Aviso del Ministerio de Finanzas y la Administración Estatal de Impuestos sobre el lanzamiento integral del programa piloto para reemplazar el impuesto comercial por el impuesto al valor agregado" (1) Si un contribuyente tiene una conducta imponible, excepto los puntos (2), (3) y Salvo lo dispuesto en el punto (4), el tipo impositivo es el 6. (2) Proporcionar transporte, servicios postales, telecomunicaciones básicas, servicios de construcción y arrendamiento de bienes raíces, vender bienes inmuebles y transferir derechos de uso de terrenos, la tasa impositiva es 11. (3) Prestación de servicios de arrendamiento de bienes muebles tangibles, el tipo impositivo es 17.