Red de Respuestas Legales - Ayuda legal - ¿Existe alguna base legal para que el dueño de la propiedad impida que su automóvil ingrese a la comunidad?

¿Existe alguna base legal para que el dueño de la propiedad impida que su automóvil ingrese a la comunidad?

Subjetividad jurídica:

El propietario del inmueble no tiene derecho a impedir que el propietario conduzca hasta la comunidad. Debido a que la propiedad del terreno de las plazas de aparcamiento en la comunidad pertenece a todos los propietarios, la empresa administradora de la propiedad no tiene derechos de propiedad sobre las plazas de aparcamiento, sólo derechos de gestión y no puede controlar, ocupar ni disponer de las plazas de aparcamiento, por lo tanto, la administración de la propiedad. La empresa no tiene derecho a impedir que los propietarios conduzcan sus automóviles hacia la comunidad.

Objetividad jurídica:

El artículo 275 del "Código Civil" establece que la propiedad de las plazas de aparcamiento y garajes previstos para el estacionamiento de coches será transferida por las partes mediante venta, donación o Se acuerda el método de arrendamiento. Las plazas de aparcamiento donde se estacionen los coches en las vías u otros lugares de propiedad del propietario serán de propiedad del propietario. Artículo 276 Las plazas de aparcamiento y los garajes previstos para aparcar vehículos dentro de la zona del edificio deberán satisfacer en primer lugar las necesidades de los propietarios.