Red de Respuestas Legales - Ayuda legal - Medidas de la Provincia de Hunan para la Implementación de la Ley de Educación Superior de la República Popular China

Medidas de la Provincia de Hunan para la Implementación de la Ley de Educación Superior de la República Popular China

Artículo 1 Estas Medidas se formulan de acuerdo con la Ley de Educación Superior de la República Popular China y otras leyes y reglamentos administrativos pertinentes y en combinación con las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2 Quienes se dediquen a actividades de educación superior dentro de la región administrativa de esta provincia deberán sujetarse a este reglamento. Artículo 3 El Gobierno Popular Provincial coordinará la educación superior dentro de la región administrativa de la provincia, administrará las instituciones de educación superior autorizadas por el Consejo de Estado organizadas por la provincia, formulará planes de desarrollo de la educación superior en la provincia de acuerdo con las necesidades de la construcción económica y social. y promover la reforma de la educación superior en diversas formas.

Los gobiernos populares de las ciudades distritales y las prefecturas autónomas apoyarán la reforma y el desarrollo de colegios y universidades y otras instituciones de educación superior dentro de sus respectivas regiones administrativas de acuerdo con las disposiciones del gobierno popular provincial. Artículo 4 El departamento administrativo de educación del Gobierno Popular Provincial es responsable del trabajo de educación superior en la provincia, y otros departamentos relevantes harán un buen trabajo en el trabajo de educación superior de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. El artículo 5 alienta a las empresas, instituciones, grupos sociales, otras organizaciones sociales, individuos y otras fuerzas sociales a establecer colegios y universidades de conformidad con la ley.

Las instituciones de educación superior administradas por fuerzas sociales tienen el mismo estatus legal que las instituciones de educación superior administradas por el Estado y disfrutan de políticas preferenciales relevantes. El artículo 6 fomenta diversas formas de cooperación entre colegios y universidades, entre colegios y universidades e instituciones de investigación científica, empresas e instituciones, y otras organizaciones sociales para aprovechar al máximo los recursos educativos y mejorar la eficiencia del uso de los recursos educativos mediante el intercambio de recursos y ventajas complementarias.

Alentar y apoyar a las instituciones de educación superior para que intercambien académicos y profesores visitantes con instituciones de educación superior e instituciones de investigación científica extranjeras para llevar a cabo intercambios y cooperación en enseñanza, investigación científica, transferencia de tecnología y desarrollo. Artículo 7 El establecimiento de colegios y universidades deberá cumplir con el plan de desarrollo de la educación superior y cumplir con las condiciones básicas estipuladas por la ley.

La construcción de capital de colegios y universidades debe incluirse en los planes de construcción urbana y rural.

El establecimiento de colegios, universidades y otras instituciones de educación superior por parte de inversionistas extranjeros en esta provincia se manejará de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Artículo 8 Los colegios y universidades ejercerán la siguiente autonomía en el funcionamiento de las escuelas de conformidad con la ley:

(1) De acuerdo con las necesidades sociales, las condiciones escolares y la escala escolar aprobada por los gobiernos populares nacional y provincial, formular planes de inscripción y ajustar la proporción de departamentos de inscripción.

(2) Establecer y adecuar materias y carreras; formular planes docentes, seleccionar materiales didácticos y organizar e implementar actividades docentes de acuerdo con las necesidades docentes.

(3) Llevar a cabo investigaciones científicas, desarrollo tecnológico y servicios sociales de acuerdo con sus propias condiciones; llevar a cabo intercambios y cooperación científicos, tecnológicos y culturales con instituciones extranjeras de educación superior de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

(4) Determinar la estructura interna y la dotación de personal con base en las necesidades reales y el principio de racionalización y eficiencia; evaluar y contratar docentes y otros puestos de personal profesional y técnico, y ajustar la distribución de salarios y asignaciones de conformidad; con las regulaciones nacionales pertinentes.

(5) Gestión y uso de propiedades proporcionadas por los patrocinadores de instituciones de educación superior, ayuda financiera estatal y propiedades donadas.

(6) Gestionar el estado académico de los estudiantes e implementar recompensas o sanciones.

(7) Las demás autonomías que establezcan las leyes y reglamentos.

Las instituciones de educación superior deben organizar pares expertos para revisar el establecimiento y ajuste de disciplinas y especialidades de acuerdo con las regulaciones nacionales. Artículo 9 Los colegios y universidades implementarán la política educativa del país, servirán a la modernización socialista y tomarán como tarea fundamental el cultivo de talentos, para que los educados se conviertan en constructores y sucesores de la causa socialista con un desarrollo moral, intelectual y físico integral. Artículo 10 El Gobierno Popular Provincial y sus departamentos pertinentes protegerán la autonomía de las instituciones de educación superior de conformidad con la ley y promoverán la gestión democrática de las instituciones de educación superior.

Las facultades y facultades garantizan que los profesores y el personal participen en la gestión y supervisión democráticas de conformidad con la ley a través de conferencias de representantes de los profesores centradas en los profesores y otras formas organizativas, y salvaguardan los derechos e intereses legítimos de los profesores y el personal.

Las instituciones de educación superior deben profundizar la reforma de la educación y la enseñanza, estandarizar los comportamientos de funcionamiento de las escuelas, mejorar los niveles de funcionamiento de las escuelas y la calidad de la formación de talentos, y no deben reducir los niveles de funcionamiento de las escuelas y la calidad de la enseñanza. no debe reclutar estudiantes ni abrir clases de enseñanza en violación de la escala de funcionamiento escolar aprobada, y no debe violar las regulaciones El estado estipula la emisión de certificados de grado, certificados académicos u otros certificados académicos. Artículo 11 Los colegios y universidades fortalecerán la investigación y el desarrollo de alta tecnología, acelerarán la transformación de los logros científicos y tecnológicos y lograrán la integración de la enseñanza, la investigación científica y la producción mediante la transferencia de logros científicos y tecnológicos y el establecimiento de la ciencia y la tecnología; empresas, cooperación con empresas e instituciones, servicios de consultoría técnica, formación de personal científico y tecnológico, etc. Diversas formas sirven a la construcción económica y al desarrollo social. El artículo 12 alienta a los colegios y universidades a combinar la enseñanza y las organizaciones de investigación científica y participar en actividades de popularización de la ciencia y la tecnología, y fortalecer la publicidad y la educación de la popularización de la ciencia y la tecnología mediante la celebración de conferencias públicas, laboratorios abiertos, etc.

El artículo 13 alienta a los colegios y universidades a establecer un mecanismo abierto y razonable para la competencia y movilidad de talentos, y a introducir talentos destacados nacionales y extranjeros de manera planificada y decidida en función de las necesidades del desarrollo escolar, la construcción disciplinaria y la investigación científica. Artículo 14 Los colegios y universidades reclutan estudiantes de acuerdo con las regulaciones pertinentes del gobierno popular estatal y provincial y de acuerdo con los principios de equidad, apertura e imparcialidad. Ninguna otra unidad o individuo podrá publicar anuncios de inscripción ni reclutar estudiantes en nombre de instituciones de educación superior.

Las universidades y colegios deben reclutar estudiantes con discapacidades que cumplan con los estándares de admisión estipulados por el estado y brindar instalaciones para los estudiantes con discapacidades en su estudio y vida.

De acuerdo con las regulaciones pertinentes de los gobiernos populares nacional y provincial, los colegios y universidades que aceptan estudiantes de minorías con puntajes reducidos pueden cuidar de los estudiantes de minorías mediante la celebración de clases preparatorias étnicas.