Regulaciones sobre asuntos del budismo tibetano en la prefectura autónoma tibetana de Hainan
El clero del templo no podrá restaurar o restaurar encubiertamente la abolición de los privilegios religiosos feudales. Capítulo 2 Gestión Gubernamental Artículo 6 Los gobiernos populares de las prefecturas y condados autónomos y los departamentos funcionales, como unidades sociales de base y ciudadanos, los incorporarán al ámbito de gestión y desempeñarán las siguientes funciones:
(1) El Los gobiernos populares de las prefecturas y condados autónomos incorporarán la construcción de infraestructura de templos en los planes de desarrollo social.
(2) Departamentos de seguridad pública, cultura, prensa y edición, protección contra incendios y otros. Se debe establecer una agencia de gestión de la seguridad del templo para que sea responsable del registro de los hogares y de la gestión de entrada y salida de los profesores y el personal, y para guiar a los templos en la protección de reliquias culturales y el trabajo de extinción de incendios.
(3) Los departamentos de cultura, prensa y publicaciones, radio y televisión, industria y comercio y otros departamentos deben supervisar e inspeccionar periódicamente la radio y la televisión del templo, los materiales impresos, los productos de audio y video y otras publicaciones.
(4) Los departamentos de recursos territoriales y construcción examinarán y aprobarán los terrenos del templo y los planos de construcción budista, y estandarizarán el registro y la presentación de los terrenos del templo.
(5) Los departamentos de salud, asuntos civiles, seguridad social y otros departamentos serán responsables de la atención médica, la asistencia, las pensiones y otros trabajos de seguridad para los profesores y el personal de acuerdo con las leyes y políticas pertinentes.
(6) Los departamentos de industria y comercio, turismo, salud y otros deben apoyar y gestionar el alquiler de casas en el templo, el turismo, las tiendas, las imprentas, las clínicas y otras actividades comerciales.
(7) Los gobiernos populares de las prefecturas y condados autónomos deben otorgar gran importancia a la protección del patrimonio histórico y cultural y del patrimonio cultural intangible de los templos budistas. Artículo 7 Los departamentos de asuntos religiosos de las prefecturas autónomas y los gobiernos populares de los condados desempeñarán las siguientes funciones:
(1) Trabajar con el departamento judicial para publicar y educar a los profesores y al personal sobre las leyes, reglamentos y políticas.
(2) Asuntos tales como establecimiento, fusión, cambio, terminación, reconstrucción, mantenimiento, apertura, reencarnación de Budas vivientes, empleo de maestros, etc. deberán ser revisados e informados de acuerdo con la autoridad.
(3) Supervisar la construcción de edificios budistas.
(4) Orientar e inspeccionar la gestión de los asuntos budistas de los gobiernos populares de nivel inferior.
(5) Apoyar y proteger el trabajo de la Asociación Budista y guiar a la Asociación Budista para establecer y mejorar los sistemas relevantes.
(6) Organizar y guiar la reencarnación de los Budas vivientes, y proporcionarles formación, educación y gestión.
(7) Coordinar y resolver conflictos y disputas dentro del templo.
(8) Supervisar la donación de propiedades y proyectos de construcción a templos por parte de individuos y organizaciones no gubernamentales en el extranjero. Artículo 8 El gobierno popular del municipio (ciudad) es responsable de gestionar los asuntos budistas dentro de su jurisdicción.
Responsable de trabajar con los profesores y el personal del templo e informar situaciones relevantes al departamento de asuntos religiosos del gobierno popular a nivel del condado; publicar las leyes, regulaciones y políticas relevantes.
Orientar e inspeccionar el trabajo del Comité de Dirección Popular y del Comité de Fiscalización, y coordinar la relación entre el Comité de Dirección Popular y el Comité de Fiscalización. Artículo 9 El comité de aldea ayudará al gobierno popular del municipio (ciudad) en la gestión de los asuntos budistas.
Capítulo 3 Derechos y obligaciones de la Asociación Budista Artículo 10 Derechos de la Asociación Budista:
(1) Llevar a cabo actividades y gestionar los asuntos internos de acuerdo con los estatutos;
(2 ) Identificar las calificaciones del personal docente;
(3) Responsable del estudio, revisión, educación y gestión de los Budas vivientes, y de regular el comportamiento social de los Budas vivientes;
(4) Responsable de guiar el trabajo educativo y otras actividades budistas del templo;
(5) Orientar la recomendación y elección de los miembros del comité de gestión del pueblo del templo
(6) Coordinar y resolver conflictos y disputas entre el templo y la facultad
(7) Organizar entrenamiento budista, llevar a cabo defensas de las escrituras budistas, foros budistas y otras actividades;
(8) Con el consentimiento de el departamento de asuntos religiosos del gobierno popular al mismo nivel, llevar a cabo intercambios amistosos con países extranjeros;
(9) Establecer empresas de bienestar social y entidades económicas sin fines de lucro;
( 10) Edición y publicación de publicaciones budistas internas. Artículo 11 Obligaciones de la Asociación Budista:
(1) Estudiar y publicar las leyes, regulaciones y políticas relevantes, educar a los profesores y al personal para amar el país, amar la religión y cumplir con la ley.
(2) Organizar el estudio y la interpretación de las enseñanzas y reglas budistas para satisfacer las necesidades del desarrollo social.
(3) Mantener la unidad y la armonía entre las religiones, los profesores y el personal, y los ciudadanos religiosos.
(4) Aceptar la supervisión y gestión de los departamentos de religión, asuntos civiles, seguridad pública, salud, cultura y prensa y publicaciones.
(5) Reflejar los deseos y requisitos del clero y los ciudadanos religiosos a los departamentos pertinentes y presentar opiniones y sugerencias.
(6) Gestionar los procedimientos de aprobación de los editores de publicaciones internas.
(7) Llevar a cabo investigaciones académicas sobre la cultura budista y ayudar a los templos a proteger las reliquias culturales budistas.