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¿Cuál es el procedimiento de solicitud de registro de marca en Suecia?

1. Después de recibir los documentos de la solicitud, la autoridad de registro realizará primero una revisión formal. Si se descubre que los documentos de solicitud están incompletos o tienen otros problemas que no cumplen con los requisitos, se notificará al solicitante dentro de un cierto período de tiempo y se le explicará o modificará. Si el solicitante no explica o modifica la solicitud según lo requerido por la autoridad competente dentro del plazo señalado, se tendrá por abandonada la solicitud.

2. Si los documentos de solicitud están completos, o el solicitante realiza explicaciones o modificaciones a su solicitud de marca dentro del plazo legal, la autoridad de registro realizará un examen sustantivo de la marca. Después de la revisión, si la marca no está prohibida por la ley, la Oficina de Marcas hará un anuncio. Dentro de los dos meses siguientes a la fecha del anuncio de la solicitud de marca, cualquier persona puede presentar una objeción por escrito a la solicitud de marca ante la autoridad de registro de patentes. No se podrá presentar objeción dentro de los dos meses siguientes al anuncio de la solicitud de marca. Anuncio de registro y aprobación de marcas.

3. Después de la revisión, si la solicitud de marca carece de carácter distintivo, es un nombre o marca registrada en las cláusulas prohibidas, o si la solicitud anterior o la marca registrada entran en conflicto con la solicitud anterior o la marca registrada, la agencia de registro. no lo aceptará. Después de recibir la notificación de rechazo, el solicitante debe presentar una solicitud de revisión a la autoridad de registro dentro del período especificado (generalmente dentro de los 4 meses a partir de la fecha de recepción de la notificación, se puede solicitar una extensión en circunstancias especiales). Si la autoridad de registro no está satisfecha con la decisión de apelación, el solicitante puede presentar una solicitud de revisión al comité de revisión dentro de los dos meses siguientes a la fecha de recepción de la decisión final y pagar la tasa prescrita. Si el solicitante no está satisfecho con la decisión de la Junta de Revisión, puede apelar ante el Tribunal Supremo de Apelaciones dentro de los dos meses siguientes a la fecha de recepción de la decisión.