¿Las niñas mayores de 14 años son legalmente responsables de tener relaciones sexuales?
1. El perpetrador tiene relaciones con niñas menores de 14 años. En este caso, si solo tiene 14 años pero menos de un año, tendrá responsabilidad legal y será culpable de violación
2. tiene relaciones sexuales, entonces ella no tiene que asumir la responsabilidad legal.
La pena por el delito de violación es la siguiente:
1. Con carácter general, pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años;
2. Si las circunstancias son graves, la pena es superior a la de prisión de duración determinada, a la cadena perpetua o a la pena de muerte.
La gravedad del delito de violación es la siguiente:
1. Violar a una mujer, violar a una joven con medios crueles.
2. mujer, violar a una niña más de una vez o más veces;
3. El cabecilla de la violación en grupo de mujeres, especialmente de niñas
4. en suicidio, trastorno mental y otras consecuencias graves;
5. Secuestro y violación de mujeres en lugares públicos.
En resumen, si eres legalmente responsable de tener relaciones sexuales con una niña de 14 años depende de la situación, sin embargo, si se trata de un delito de violación, es un caso penal y requiere correspondiente. castigo, incluido el encarcelamiento.
Base jurídica:
Artículo 236 de la "Ley Penal de la República Popular China"
Quien viole a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios deberá ser condenado a tres años de prisión o a una pena privativa de libertad de no menos de 10 años pero no más de 10 años.
El que violare a una joven menor de catorce años será severamente castigado por delito de violación.
Quien viole a una mujer o a una joven en cualquiera de las siguientes circunstancias, será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años, cadena perpetua o muerte:
( a) Violar a una mujer o a una niña;
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(2) Violar a mujeres o a varias niñas;
(3) Violar a mujeres o violar a niñas en público en lugares públicos;
(4) Violación en grupo de dos personas Más de una persona;
(5) Violación o daño a una niña menor de diez años; p>
(6) Causar lesiones graves, muerte u otras consecuencias graves a la víctima.
Artículo 236-1
El delito de agresión sexual cometido por persona con responsabilidades asistenciales. Personas con responsabilidades especiales como tutela, adopción, cuidado, educación y atención médica. El que tenga relaciones sexuales con una mujer menor de edad que haya cumplido catorce años pero sea menor de dieciséis, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años si las circunstancias son graves; pena de prisión no menor de tres años ni mayor de diez años.
Si por la conducta del párrafo anterior se opta por una pena mayor y simultáneamente constituye un delito previsto en el artículo 236 de la Ley de Costas, la persona será condenada y sancionada conforme a la pena mayor.