Red de Respuestas Legales - Ayuda legal - La Aduana debe tomar medidas contra medios de transporte sospechosos de contrabando y mercancías de contrabando ocultas.

La Aduana debe tomar medidas contra medios de transporte sospechosos de contrabando y mercancías de contrabando ocultas.

Objetividad jurídica:

Artículo 153: Delito de contrabando de bienes y objetos comunes Artículos 151, 152 y 347 de esta Ley Quienes contrabandeen bienes o artículos distintos de los señalados reglamentariamente, serán sancionados de conformidad con las siguientes disposiciones según la gravedad del caso: (1) El contrabando de mercancías o artículos, evadiendo el monto del impuesto a pagar, si el monto es relativamente grande, o recibiendo sanciones administrativas por contrabando dos veces dentro de un año, y luego contrabandear nuevamente, estará sujeto a será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión preventiva, y además será multado no menos de una vez pero no más de cinco veces el monto del impuesto a pagar. (2) Cualquier persona que contrabandee mercancías o artículos, eluda una gran cantidad de impuestos a pagar o tenga otras circunstancias graves será condenada a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años y una multa de no menos de de una vez pero no más de cinco veces el monto del impuesto a pagar. (3) Quien contrabandee mercancías o artículos para evadir el importe del impuesto a pagar sea especialmente elevado o concurran otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada no inferior a diez años o cadena perpetua, y también será multado. no menos de una vez pero no más de cinco veces el monto del impuesto pagadero, o sus bienes serán confiscados. Si una unidad comete el delito previsto en el párrafo anterior, será multada y el responsable directo y el resto del personal directamente responsable serán condenados a pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva si las circunstancias lo permiten; grave, la unidad será condenada a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de 10 años. Si el delito es particularmente grave, el infractor será condenado a una pena de prisión de no menos de diez años; Quienes sean contrabandeados varias veces sin manipulación serán sancionados de acuerdo con el impuesto acumulado pagadero sobre las mercancías y artículos de contrabando.