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¿La garantía de propiedad es una garantía general o una garantía solidaria?

No existen garantías generales o conjuntas para la protección de la propiedad. Existen garantías generales y garantías solidarias. ¿Es una garantía general o una garantía solidaria? Respuesta: El garante de una garantía general puede negarse a asumir la responsabilidad de la garantía frente al acreedor antes de que se haya juzgado o arbitrado la disputa sobre el contrato principal y se hayan hecho valer los bienes del deudor de conformidad con la ley.

La diferencia entre una garantía general y una garantía de responsabilidad solidaria es que el garante de una garantía general ejecutará el pasivo de garantía bajo la premisa de que el período de cumplimiento de la deuda expira y el deudor principal no puede cumplir con la deuda vencida. "Incumplimiento" aquí significa que el deudor principal es incapaz, por lo que el artículo 17 de la "Ley de Garantías" estipula que antes de que la disputa del contrato principal no haya sido juzgada o arbitrada y los bienes del deudor sean ejecutados conforme a la ley, el garante de un La garantía general puede negarse a pagar al acreedor. Llevar las responsabilidades de la garantía. El garante de una garantía de responsabilidad solidaria se basa en la premisa de que el plazo de cumplimiento de la deuda expira y el deudor principal no cumple con la deuda vencida. El significado de "incumplimiento" debe incluir el incumplimiento debido a la incapacidad de cumplir y la falta de voluntad de cumplir debido a la capacidad de cumplir, lo que significa que el deudor principal no puede cumplir a su vencimiento. Según el artículo 18 de la Ley de Garantía, si el deudor con garantía solidaria no cumple con la deuda al vencimiento del plazo de cumplimiento estipulado en el contrato principal, el acreedor podrá exigir al deudor que cumpla la deuda, o exigir al garante asumir la responsabilidad de garantía dentro del alcance de su garantía. Obviamente, el garante de una garantía de responsabilidad solidaria no puede defender al acreedor sobre la base de la capacidad del deudor principal para cumplir con sus deudas. Ésta es también la diferencia jurídica más esencial entre una garantía general y una garantía de responsabilidad solidaria. Ya sea una garantía general o una garantía de responsabilidad solidaria, es una garantía de la deuda de una persona. Sin embargo, como garante, usted debe ser consciente de que diferentes formas de garantía generarán diferentes responsabilidades legales. Como acreedor, al solicitar a un garante que proporcione una forma de garantía, debe considerar plenamente la protección de la realización de los derechos del acreedor. El artículo 28 de la Ley de Garantía y los párrafos 1 y 3 del artículo 38 de la Interpretación claramente entran en conflicto con los principios legales de garantía de responsabilidad solidaria contenidos en los artículos 18 y 20 de la Ley de Garantía. Según se entiende el significado del artículo 38 de la Interpretación Judicial, la garantía aquí debe incluir la garantía general y la garantía solidaria, pero el resultado es la consecuencia jurídica de la garantía general.

El artículo 38 de la Interpretación Judicial no estipula claramente que los bienes propios del deudor estarán garantizados solidariamente por un tercero (es comprensible que no estipule claramente garantías generales). ¿Es un descuido en la interpretación? Las explicaciones pertinentes que se hacen en el libro "Comprensión y aplicación" compilado por el Tribunal Supremo Popular indican claramente que la interpretación judicial no prevé la garantía de los bienes propios del deudor ni la garantía de responsabilidad solidaria del tercero, lo que no es un error de interpretación judicial. El libro cree que “cuando el deudor proporciona él mismo una garantía patrimonial, es indudable que es necesario exigir al deudor que primero pague los derechos del acreedor con el bien hipotecado aportado por él mismo. Cuando el bien hipotecado no puede satisfacer plenamente los derechos del acreedor, el garante que. proporciona la garantía de la deuda será responsable de liquidar la parte restante Correcto Debido a que el deudor es un deudor estándar, los garantes y avalistas de otras cosas solo son responsables de la misma. Derecho a reclamar contra el deudor. Si el deudor aporta su propia garantía, se puede evitar enajenando el bien primero para saldar la deuda. "El derecho a reclamar en el futuro". garantía de bienes propios del deudor y garantía de responsabilidad solidaria de terceros. La razón es justamente para evitar reclamaciones futuras, y según el segundo párrafo del artículo 38 de la Interpretación Judicial, si el deudor tiene garantía de bienes propios, aunque exista garantía de responsabilidad solidaria, el acreedor no ejerce o ejerza lentamente la garantía real, resultando en que si el valor del bien hipotecado se reduce, se daña o se pierde, se considerará que el acreedor ha renunciado a la garantía de parte o de todo el bien. El garante reducirá o eximirá la responsabilidad de la garantía en la medida en que el acreedor renuncie a sus derechos. Con tal estatuto jurídico, para un acreedor que está garantizado por los bienes propios del deudor y la responsabilidad solidaria de un tercero, no existe protección jurídica para la realización de sus créditos. Entonces, ¿por qué la interpretación judicial establece tal disposición? Creo que puede estar basado en el principio de prioridad de los derechos de propiedad, por lo que aquí surge la cuestión de cómo entender la prioridad de los derechos de propiedad y si la prioridad de los derechos de propiedad conducirá inevitablemente al principio de prioridad de la protección de la propiedad. Creo que el principio de prioridad encarna el principio del orden de los derechos, y la prioridad es sin duda la prioridad del ejercicio de los derechos. La prioridad de los derechos de propiedad se refleja en dos aspectos.

Uno es un derecho de propiedad cuya titularidad debe registrarse de conformidad con las disposiciones legales. El propietario legal del inmueble tiene prioridad sobre el inmueble. En segundo lugar, el poseedor real tiene derechos exclusivos sobre la posesión real (a menos que otros puedan probar que el poseedor real no los tiene); derecho a obtener la posesión efectiva). Si los derechos reales se reflejan primero en la seguridad de la propiedad en la "Ley de Seguridad", las dos situaciones anteriores sin duda se reflejarán. ¿Es esta una prioridad de protección de la propiedad? No cabe duda de que el principio de prioridad de conservación de la propiedad establecido en el artículo 28 de la Ley de Garantías tiene sus elementos razonables, es decir, antes de que se realicen los intereses del acreedor, el bien hipotecado no podrá ser tratado de manera que perjudique los intereses del acreedor. acreedor, pero ignora que el acreedor puede tomar una variedad de formas de garantía para asegurar la realización de sus reclamaciones. Sin duda, la interpretación del artículo 38 de la Ley de Garantías ha avanzado. La garantía prestada a un tercero estipula que el acreedor puede ejercer derechos contra el deudor, el garante solidario y el garante del bien, y tiene derecho a elegir. Sin embargo, si el garante ofrece responsabilidad solidaria por la garantía de la cosa proporcionada por el deudor, seguirá insistiendo en realizar primero las garantías reales y luego ejercer sus derechos ante el garante solidariamente responsable. adoptando distintas formas de garantías para asegurar la realización de sus pretensiones, lo que constituye una evidente violación del principio de libertad de contratación y de la Ley de Garantías. Creo que los acreedores tienen derecho a elegir el método que garantice la realización más rápida de sus reclamaciones. Mientras este método no viole los intereses del país y de la sociedad, la ley no debería restringirlo. La "Ley de Garantías" consagra el principio de prioridad de los derechos de propiedad, que sólo puede basarse en el hecho de que el acreedor no puede disponer de la hipoteca a voluntad antes de realizar sus derechos, es decir, el acreedor tiene prioridad sobre la hipoteca, pero. no puede impedir que el acreedor utilice otros métodos de garantía para ejercer sus derechos. Sólo así se podrán proteger al máximo los intereses de los acreedores.

Base Jurídica

Código Civil de la República Popular China

Artículo 386 Si el deudor no cumple con sus deudas vencidas o las partes acuerdan realizar la garantía derechos, la garantía tendrá prioridad para recibir la compensación por el bien garantizado de conformidad con la ley, salvo disposición legal en contrario.

Artículo 389 El ámbito de las garantías reales y reales comprende el derecho del acreedor principal y sus intereses, la indemnización por daños y perjuicios, los gastos de conservación de los bienes garantizados y la realización de las garantías reales y reales. A menos que las partes acuerden lo contrario, prevalecerá dicho acuerdo.