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¿Necesito contratar a un abogado si soy sospechoso de fraude?

Subjetividad jurídica:

Según el artículo 34 de la Ley de Procedimiento Penal, el sospechoso de un delito tiene derecho a que se le nombre un defensor. Durante la investigación, sólo se le puede confiar el cargo de abogado; un defensor. La responsabilidad del defensor es presentar materiales y opiniones sobre la base de hechos y leyes de que los sospechosos y acusados ​​criminales son inocentes, tienen delitos menores o reducen o eximen su responsabilidad penal, y salvaguardar los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos de los sospechosos criminales. y acusados. Durante la investigación, los abogados defensores pueden brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos; representarlos en apelaciones y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias; conocer los presuntos delitos del sospechoso y las circunstancias relevantes del caso y brindar opiniones. Los abogados defensores pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular. Las causas penales se dividen en tres etapas: etapa de investigación de seguridad pública, etapa de revisión y procesamiento por parte de la fiscalía y etapa de juicio judicial. No importa de qué delito se sospeche al cliente, siempre que no haya sido condenado por un tribunal, no se le puede llamar criminal y no habrá antecedentes penales. Por lo tanto, el mejor momento para pedir la intervención de un abogado es durante. la etapa de investigación de seguridad pública. Porque en esta etapa, los órganos de seguridad pública no permiten visitas de familiares o parientes, solo los abogados pueden ver al cliente, y solo los abogados pueden comunicarse con la agencia que maneja el caso para averiguar si el cliente ha cometido un delito, qué delito. se ha cometido y si el cliente ha sido torturado. En esta etapa, después de que el abogado se reúne con el cliente, básicamente puede determinar la complejidad del caso y si el cliente será penalmente responsable. Si el delito es menor, puede solicitar directamente la libertad bajo fianza en espera del juicio. , puede cobrar, lo que ayudará a proteger al cliente de lesiones personales, por lo que en casos penales generales se recomienda contratar a un abogado durante la etapa de investigación de seguridad pública. Después de la introducción anterior, todos deben saber a qué departamento denunciar los delitos de fraude. Generalmente, los delitos de fraude suelen estar bajo la jurisdicción de los órganos de seguridad pública del lugar donde se cometió el delito. Por supuesto, el alcance del lugar del delito aquí es. relativamente amplio. Si ocurre un delito, El lugar donde ocurrió el delito, etc. Dado que el fraude en línea es relativamente popular ahora, cuando necesite denunciar un delito, también puede denunciarlo directamente a la agencia de seguridad pública local. Después de todo, este también es el lugar donde ocurrió el delito. Lo anterior es el contenido compilado. Hay abogados en línea. Si tiene alguna pregunta, puede consultarla en cualquier momento. Objetividad jurídica:

Artículo 37 de la “Ley de Procedimiento Penal” Es responsabilidad del defensor presentar materiales que acrediten que el sospechoso o imputado es inocente, el delito es menor o se reduce o exime la responsabilidad penal. basados ​​en los hechos, la ley y las opiniones, y salvaguardar los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados ​​de delitos. Artículo 33 Además de ejercer ellos mismos el derecho de defensa, los sospechosos y acusados ​​también podrán encomendar la defensa a una o dos personas. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas: (1) Abogados; (2) Personas recomendadas por las organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o acusado; (3) Tutores, familiares y amigos del sospechoso o acusado; No podrán actuar como defensores las personas que se encuentren cumpliendo condena o que hayan sido privadas o restringidas de su libertad personal conforme a la ley. No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo quienes sean tutores o familiares cercanos de sospechosos o imputados.