Medidas de divulgación de información ambiental (ensayo)
La información ambiental gubernamental se refiere a la información generada u obtenida por los departamentos de protección ambiental en el desempeño de funciones de protección ambiental y registrada y preservada de una forma determinada.
La información ambiental de la empresa se refiere a la información relacionada con el impacto ambiental y el comportamiento ambiental de la empresa que la empresa registra y guarda de cierta forma. Artículo 3 La Administración Estatal de Protección Ambiental es responsable de promover, orientar, coordinar y supervisar la labor nacional de divulgación de información ambiental.
Los departamentos de protección ambiental de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables de organizar, coordinar y supervisar la divulgación de información ambiental dentro de sus respectivas regiones administrativas. Artículo 4 Los departamentos de protección ambiental seguirán los principios de justicia, equidad, conveniencia y objetividad y divulgarán información ambiental gubernamental de manera oportuna y precisa.
Las empresas deben divulgar de manera oportuna y precisa información ambiental corporativa de acuerdo con el principio de combinar la divulgación voluntaria y la divulgación obligatoria. Artículo 5 Los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones podrán solicitar al departamento de protección ambiental obtener información ambiental del gobierno. Artículo 6 Los departamentos de protección ambiental establecerán y mejorarán un sistema de divulgación de información ambiental.
La Oficina General de la Administración Estatal de Protección Ambiental es la organización para la divulgación de información ambiental del gobierno en este departamento, y cada agencia comercial es responsable del trabajo de divulgación de información ambiental del gobierno en este campo de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.
Los departamentos de protección ambiental de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior determinarán de forma independiente la estructura organizativa para la divulgación de información ambiental del gobierno en función de las condiciones reales y serán responsables de organizar e implementar la divulgación de información ambiental del gobierno.
Las responsabilidades específicas de la organización responsable de la divulgación de información ambiental gubernamental en el departamento de protección ambiental son:
(1) Organizar y formular las regulaciones y reglas de trabajo para la divulgación de información ambiental gubernamental en el departamento;
(2) Organizar y coordinar el trabajo de divulgación de información ambiental del gobierno de varias agencias comerciales del departamento;
(3) Organizar, mantener y actualizar la información ambiental del gobierno divulgada por el departamento;
( 4) Supervisar y evaluar el trabajo de divulgación de información ambiental gubernamental de varias agencias comerciales del departamento;
(5) Organizar la preparación de la información ambiental gubernamental del departamento guía de divulgación, directorio de divulgación de información ambiental del gobierno e informe anual de divulgación de información ambiental del gobierno;
(6) Supervisar y orientar el trabajo de divulgación de información ambiental del gobierno de los departamentos de protección ambiental de nivel inferior;
(7) Supervisar la divulgación de información ambiental de las empresas en la región;
(8) Responsable de la revisión de confidencialidad antes de que se divulgue la información ambiental del gobierno;
(9) Otras responsabilidades de este departamento relacionados con la divulgación de información ambiental. Artículo 7 Los ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones no podrán dañar los intereses nacionales, los intereses públicos y los derechos e intereses legítimos de otros al utilizar información ambiental pública. Artículo 8 Los departamentos de protección ambiental proporcionarán garantías de personal y financiación para el trabajo de divulgación de información ambiental. Artículo 9 Si el departamento de protección ambiental divulga información ambiental gubernamental que requiere aprobación de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, no deberá divulgarla sin aprobación. Artículo 10 La divulgación de información ambiental gubernamental por parte de los departamentos de protección ambiental no pondrá en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, la seguridad económica y la estabilidad social.
Capítulo 2 Divulgación de información ambiental gubernamental Sección 1 Alcance de la divulgación Artículo 11 Los departamentos de protección ambiental divulgarán de manera proactiva la siguiente información ambiental gubernamental al público dentro del alcance de sus deberes y poderes:
(1) Leyes y regulaciones de protección ambiental , Reglamentos, normas y otros documentos normativos;
(2) Planificación de la protección ambiental;
(3) Calidad ambiental;
(4) Estadísticas ambientales y Información de encuestas;
(5) Planes de emergencia, pronósticos, ocurrencias y eliminación de emergencias ambientales;
(6) Distribución e implementación de indicadores de emisiones totales de los principales contaminantes, la emisión de contaminación permisos de vertimiento, y los resultados de la evaluación cuantitativa del mejoramiento ambiental urbano integral;
(7) Información sobre los tipos, volumen de producción y disposición de residuos sólidos en ciudades grandes y medianas;
(8) El estado de aceptación de los documentos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de construcción, los resultados de aprobación de los documentos de evaluación de impacto ambiental aceptados y los resultados de aceptación de protección ambiental de proyectos de construcción terminados, así como otros elementos, bases, condiciones, procedimientos y resultados de licencias administrativas de protección ambiental; p>
(9) Artículos, bases, estándares y procedimientos para recaudar tarifas de aguas residuales, el monto de las tarifas de aguas residuales que los contaminadores deben pagar, la cantidad real recaudada y la reducción o exención
(10) Artículos, bases, normas y procedimientos de la administración de protección ambiental para el cobro institucional;
(11) Investigar y verificar los problemas ambientales reportados en cartas y visitas del público o la contaminación ambiental por parte de empresas, y explicar los resultados;
(12) Implementación de sanciones administrativas ambientales, reconsideración administrativa, litigios administrativos y medidas administrativas de cumplimiento;
(13) La descarga de contaminantes excede los estándares de emisión nacionales o locales, o la descarga total de contaminantes Lista de empresas gravemente contaminantes cuyas emisiones exceden los indicadores de control de emisiones totales aprobados por el gobierno popular local;
(14) Lista de empresas que han experimentado accidentes o eventos de contaminación ambiental importantes o extremadamente graves y negarse a implementar sanciones administrativas ambientales efectivas Lista de empresas decididas;
(15) Resultados de la aprobación de protección ambiental;
(16) Estructura organizacional, responsabilidades laborales e información de contacto de la protección ambiental departamento;
(17) Otra información ambiental que debe divulgarse de acuerdo con las leyes, reglamentos y normas.
El departamento de protección ambiental elaborará un catálogo de las divulgaciones de información ambiental del propio gobierno dentro del alcance especificado en el párrafo anterior.