La agencia de protección contra incendios deberá supervisar e inspeccionar las agencias, grupos, empresas e instituciones gubernamentales de acuerdo con la ley.
La supervisión y las inspecciones de la protección contra incendios son realizadas por los organismos de protección contra incendios de los órganos de seguridad pública y las comisarías de policía de seguridad pública.
El departamento de protección contra incendios del órgano de seguridad pública implementará supervisión e inspecciones de incendios específicas, determinará las unidades clave de seguridad contra incendios dentro de su jurisdicción e informará de ellas al gobierno popular del mismo nivel para que conste en el registro del órgano subordinado de seguridad pública.
La comisaría de policía de seguridad pública podrá realizar supervisión e inspecciones diarias de incendios sobre el desempeño de las responsabilidades de seguridad contra incendios por parte de compañías de servicios inmobiliarios, comités de residentes y comités de aldeanos en áreas residenciales, así como unidades determinadas por el organismo superior de seguridad pública.
El alcance unitario de la supervisión e inspección diaria de incendios de las comisarías de seguridad pública será estudiado y formulado conjuntamente por el departamento de protección contra incendios de la agencia provincial de seguridad pública y el departamento competente de la comisaría de seguridad pública, y Se informará al organismo provincial de seguridad pública para su determinación.
Las formas de supervisión e inspección de incendios incluyen:
(1) Inspección de seguridad contra incendios de los lugares de reunión públicos antes de que se pongan en uso y se abran al público;
(2) Supervisión e inspección aleatoria del desempeño de las tareas legales de seguridad contra incendios por parte de las unidades;
(3) Verificación de violaciones de seguridad contra incendios informadas y denunciadas;
(4) Investigación de infracciones antes de que se lleven a cabo actividades masivas a gran escala Inspección de seguridad contra incendios;
(5) Otras inspecciones y supervisión de incendios según sea necesario.