¿Es útil contratar un abogado por fraude?
Los casos penales se dividen en tres etapas: la etapa de investigación de seguridad pública, la etapa de revisión y procesamiento por parte de la fiscalía y la etapa de juicio judicial. Mientras una persona sea sospechosa de algún delito y no haya sido condenada por un tribunal, no se le puede llamar criminal, por lo que no tiene antecedentes penales. Por lo tanto, el mejor momento para solicitar la intervención de un abogado es durante la etapa de investigación de seguridad pública, porque en esta etapa los órganos de seguridad pública no permiten la visita de familiares o allegados, y sólo los abogados pueden ver a la persona. ¿cometer un crimen? ¿Qué pecado? ¿La persona involucrada fue torturada? En esta etapa, después de reunirse con el cliente, el Colegio de Abogados puede básicamente determinar la complejidad del caso y si el cliente debe asumir responsabilidad penal. Si el delito es menor, puede solicitar directamente la libertad bajo fianza en espera del juicio, y se puede utilizar la tortura para extraer una confesión, lo que ayudará a proteger al cliente de daños personales. Por lo tanto, en casos penales en general, se recomienda contratar un abogado durante la etapa de investigación de seguridad pública.
Base jurídica: "Ley Penal de la República Popular China"
Artículo 266 Quien defraude la propiedad pública o privada, si la cuantía es relativamente importante, será sancionado con pena de prisión determinada. pena de prisión no superior a tres años, detención penal o vigilancia pública será condenado simultáneamente o únicamente a pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años, simultáneamente a pena de prisión de no menos de diez años. o cadena perpetua, y también será multado o confiscado sus bienes. Si esta ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.
Artículo 192: El que utilice medios fraudulentos para recaudar fondos ilegalmente con fines de posesión ilícita y la cantidad sea relativamente elevada, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años. Si la cantidad es elevada o concurren otras circunstancias graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de siete años o a cadena perpetua, y además se le impondrá multa o se le confiscarán bienes.
Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.
Artículo 266: El que defraude bienes públicos o privados, y la cuantía sea relativamente importante, será sancionado con prisión fija no mayor de tres años, prisión o vigilancia penal, y será también o únicamente multado si el monto es elevado o concurren otras circunstancias graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no inferior a tres años ni superior a diez años, y también será multado si el importe es especialmente elevado; concurriendo otras circunstancias particularmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o a cadena perpetua, y también se le impondrá una multa o se le confiscarán sus bienes. Si esta ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.