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¿Puede un hijo único renunciar a sus derechos de herencia?

El hijo único puede renunciar al derecho de herencia y expresarlo por escrito u oralmente. Durante el proceso, el heredero podrá declarar ante el tribunal popular que ha renunciado a la herencia, y se hará una transcripción firmada por el heredero. La herencia testamentaria debe cumplir con las normas legales. Puede ser heredada por otra persona que no sea el heredero designado o puede certificarse ante notario para aumentar su validez. Un testamento notariado es el testamento más eficaz. Un hijo único puede renunciar a los derechos de herencia, pero esto debe hacerse antes de que se enajene el patrimonio. Si se arrepiente, puede volver a expresar su herencia antes de que se liquide el patrimonio.

Un hijo único no puede heredar toda la herencia. Si un heredero no hace testamento durante su vida, su patrimonio será heredado por su cónyuge, sus hijos y sus padres, no por su único hijo. Si un hijo único hereda la herencia de sus padres a través de canales legales, puede heredar toda la herencia de sus padres, pero solo puede ser propiedad adquirida legalmente. Si el hijo único quiere heredar íntegramente la herencia de sus padres, entonces, en este caso, la propiedad puede ser heredada con éxito por el hijo único sólo después de que todos los herederos relevantes confirmen y firmen sus derechos de herencia. O el hijo único sólo puede llevar a todos los demás herederos ante los tribunales y obtener todos los derechos de herencia mediante sentencia judicial.

Si el hijo único quiere heredar íntegramente la herencia de sus padres, entonces, en este caso, la propiedad sólo podrá ser heredada exitosamente por el hijo único después de que los herederos correspondientes confirmen y firmen sus derechos de herencia. O el hijo único sólo puede llevar a todos los demás herederos ante los tribunales y obtener todos los derechos de herencia mediante sentencia judicial. Esto es algo muy problemático.

Para evitar que esto suceda, lo más seguro es hacer un testamento ante notario que confirme que la propiedad será heredada por los hijos. En el Código Civil existen dos formas de herencia legal y la herencia testamentaria significa que cuando el causante no ha hecho testamento, los herederos heredan la herencia según el orden de sucesión. Por lo tanto, hacer un testamento primero puede evitar estos problemas.

Dado que los padres poseen bienes después del matrimonio, ambos deben firmar al hacer un testamento. Al mismo tiempo, es mejor que un notario público certifique el documento en el lugar y conserve el certificado mediante grabación de audio y video para evitar problemas innecesarios en el futuro.

Existen cuatro métodos de herencia:

(1) Herencia testamentaria, es decir, el causante hace testamento antes de su muerte y designa al heredero para heredar su patrimonio.

(2) Legado, es decir, el causante hace testamento antes de su muerte y dona la herencia al estado, a la colectividad o a una persona distinta del heredero legal.

(3) Acuerdo de manutención, es decir, se celebra un acuerdo entre el difunto y el cuidador, mediante el cual el cuidador asume las obligaciones del nacimiento, crianza y entierro del difunto, todas. o parte de los bienes del difunto se transfiere al cuidador. Este método ocurre principalmente cuando las personas mayores no tienen apoyo.

(4) Sucesión legal, es decir, a falta de las tres situaciones anteriores, la ley determina el orden de distribución de la herencia en función de la distancia del parentesco.

Los hijos únicos no pueden heredar el 100% de la herencia de sus padres. Existen cuatro tipos de herencia: herencia estatutaria, herencia testamentaria, legado y acuerdo de apoyo. Si dos o más ocurren al mismo tiempo, el acuerdo de pensión alimenticia tiene el mayor efecto legal, seguido de la herencia testamentaria y el legado, que tiene el menor efecto legal.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: El artículo 122 del Código Civil se refiere a los bienes muebles jurídicos que quedan cuando fallece una persona física. No se heredará la herencia que no pueda heredarse según la ley o la naturaleza de la herencia.

Artículo 123. Iniciada la herencia, se tramitará según la herencia legal; si hay testamento, se tramitará según el testamento o legado, si hay pacto de legado y apoyo; se manejará de acuerdo con el acuerdo.

Artículo 124 Iniciada la herencia, si el heredero renuncia a ella, deberá hacer declaración escrita de renuncia a la herencia antes de disponer de la herencia; si no hay expresión, se considerará herencia; haber sido aceptado. El legatario deberá, dentro de los sesenta días siguientes a su conocimiento del legado, hacer expresión de aceptación o renuncia al legado; si ninguna expresión caduca, se considerará que el legatario ha renunciado a la herencia;