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¿Pueden los padres golpear y regañar a sus hijos a voluntad?

Los padres no deben golpear ni regañar a sus hijos a voluntad. Golpear a un niño es ilegal y puede provocar abuso. Los niños también tienen derecho al cuerpo y a la salud, que nadie, incluidos los padres, tiene derecho a violar, incluyendo:

1. Abuso físico;

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3. Abuso sexual;

4.

Si la golpiza a un niño es grave, provocándole más que lesiones leves, se podrá perseguir la responsabilidad penal, constituyendo el delito de lesión intencional. Los padres u otros tutores deben crear un buen ambiente familiar, cumplir con las obligaciones de los tutores para con sus pupilos de conformidad con la ley y tienen prohibido cometer violencia doméstica contra menores o abusar o abandonar a menores. Si el tutor golpea al niño durante mucho tiempo, puede constituir abuso y otros parientes cercanos pueden demandar al tribunal para cambiar los derechos de custodia.

Base Legal

Derecho Penal de la República Popular China

Artículo 260: Quien abuse de un familiar, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión. Prisión de duración determinada no mayor a dos años, detención penal o control.

Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves o la muerte, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de siete años.

Para el delito del párrafo 1, excepto cuando la víctima no pueda quejarse, o no pueda quejarse debido a coerción o intimidación, sólo se tratará a aquellos que se quejen. Artículo 260-1 Quien abuse de los pupilos, de los ancianos, de los enfermos o de las personas discapacitadas, si las circunstancias son graves, será condenado a pena de prisión determinada no superior a tres años o a prisión penal.

Si una unidad comete el delito del párrafo anterior, dicha unidad será multada, y el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

Quien cometa los actos enumerados en el apartado 1 y constituya además otros delitos será condenado y castigado conforme a lo dispuesto en las penas más severas. Artículo 234 El que intencionalmente dañe el cuerpo de otra persona será castigado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión criminal o vigilancia pública.

Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, el que cause la muerte o una invalidez grave por medios especialmente crueles; Será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o a cadena perpetua o pena de muerte. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.