Tiempo de operación de prueba del proyecto de construcción de mina de carbón
(1) La Oficina Estatal de Supervisión de Seguridad de las Minas de Carbón es responsable del diseño o diseño de proyectos de construcción de minas de carbón subterráneas con una capacidad de producción de 654,38 200.000 toneladas/año o más y proyectos de construcción de minas de carbón a cielo abierto. con una capacidad de producción de 4 millones de toneladas/año o más Revisión y aceptación de terminación.
(2) La Oficina Provincial de Supervisión de Seguridad de las Minas de Carbón es responsable de diseñar o agregar nuevos proyectos de construcción subterránea de minas de carbón con una capacidad de producción de más de 450.000 toneladas/año y menos de 12.000 toneladas/año, y de carbón. Proyectos de construcción de minas con una capacidad de producción inferior a 4 millones de toneladas/año. Revisión del diseño y aceptación de finalización de proyectos de construcción de minas de carbón a cielo abierto.
(3) Para proyectos de construcción de minas de carbón subterráneas con una capacidad de producción diseñada o recién construida de menos de 450.000 toneladas/año, la Oficina de Supervisión de Seguridad de las Minas de Carbón será responsable de la revisión del diseño y la aceptación de la finalización.
El informe de preevaluación de seguridad del proyecto de construcción de una mina de carbón deberá incluir el siguiente contenido:
(1) Principales fuentes de peligro, factores nocivos y niveles de peligro, así como una evaluación cualitativa y cuantitativa. del impacto en la seguridad pública;
(2) Evaluación de posibilidades de prevención y control
(3) Evaluación de riesgos laborales que puedan surgir del proyecto de construcción;
(4) Contramedidas de seguridad e instalaciones de seguridad Principios de diseño;
(5) Conclusiones de la evaluación previa;
(6) Otros asuntos que necesitan explicación.
El informe de evaluación de aceptación de seguridad del proyecto de construcción de mina de carbón deberá incluir el siguiente contenido:
(1) Evaluación del cumplimiento de las instalaciones de seguridad con las leyes, reglamentos, normas y reglamentos y documentos de diseño;
(2) Evaluación de la eficacia de las instalaciones de seguridad en producción o uso;
(3) Evaluación de la eficacia de las medidas para prevenir riesgos de enfermedades profesionales;
>(4) Evaluación general de seguridad de los proyectos de construcción;
(5) Problemas de seguridad existentes y sugerencias para resolverlos;
(6) Conclusiones de la evaluación de aceptación;
(7) Tecnología durante la operación de prueba Datos, inspección in situ, datos de inspección y datos de análisis estadístico;
(8) Otros asuntos que deben explicarse.
Base legal:
Reglamento sobre Supervisión de Instalaciones de Seguridad en Proyectos de Construcción de Minas de Carbón
Artículo 13 La revisión del diseño y aceptación de terminación de las instalaciones de seguridad en minas de carbón Los proyectos de construcción estarán sujetos a que las Organizaciones de Supervisión de la Seguridad de las Minas de Carbón implementen responsabilidades jerárquicas basadas en el diseño o la nueva capacidad de producción.
(1) La Oficina Estatal de Supervisión de Seguridad de las Minas de Carbón es responsable del diseño o diseño de proyectos de construcción de minas de carbón subterráneas con una capacidad de producción de 654,38 200.000 toneladas/año o más y proyectos de construcción de minas de carbón a cielo abierto. con una capacidad de producción de 4 millones de toneladas/año o más Revisión y aceptación de terminación.
(2) La Oficina Provincial de Supervisión de Seguridad de las Minas de Carbón es responsable de diseñar o agregar nuevos proyectos de construcción subterránea de minas de carbón con una capacidad de producción de más de 450.000 toneladas/año y menos de 12.000 toneladas/año, y de carbón. Proyectos de construcción de minas con una capacidad de producción inferior a 4 millones de toneladas/año. Revisión del diseño y aceptación de finalización de proyectos de construcción de minas de carbón a cielo abierto.
(3) Para proyectos de construcción de minas de carbón subterráneas con una capacidad de producción diseñada o recién construida de menos de 450.000 toneladas/año, la Oficina de Supervisión de Seguridad de las Minas de Carbón será responsable de la revisión del diseño y la aceptación de la finalización.
Artículo 14 El informe de evaluación de aceptación de seguridad de los proyectos de construcción de minas de carbón deberá incluir el siguiente contenido:
(1) Principales fuentes de peligro, factores nocivos y niveles de peligro, así como la caracterización del impacto en la seguridad pública y evaluación cuantitativa;
(2) Evaluación de posibilidades de prevención y control;
(3) Evaluación de posibles riesgos laborales derivados del proyecto de construcción;
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(4) Contramedidas de seguridad y principios de diseño de instalaciones de seguridad;
(5) Conclusiones de la evaluación previa;
(6) Otros asuntos que deben explicarse.