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¿Cuál es el procedimiento aduanero para el manejo de casos de contrabando?

El contrabando es un delito penal. Si se descubre que un sospechoso transporta ilegalmente una gran cantidad de artículos prohibidos o restringidos por el país, será investigado y castigado. La prohibición del contrabando también determina el mercado económico interno. Entonces, ¿cuál es el procedimiento para que la aduana se ocupe de los casos de contrabando después del contrabando? A continuación les traeré contenido relevante.

Procedimientos de manejo de contrabando

(1) Procedimientos básicos: incluyendo aceptar casos, archivar casos, investigar, resolver casos y cerrar investigaciones.

1. Aceptar casos

El departamento anticontrabando de aduanas acepta casos de contrabando reportados por ciudadanos, así como otros departamentos de aduanas y agencias administrativas locales encargadas de hacer cumplir la ley, como seguridad pública, industria y administración comercial y monopolio del tabaco. Detectar y trasladar casos de contrabando y sospechosos de contrabando.

Después de aceptar un caso, el departamento anticontrabando de aduanas revisará inmediatamente los materiales del caso. Los casos que no sean de su competencia serán trasladados a la autoridad competente para su tramitación en el plazo de 24 horas.

2. Presentación de una causa

Después de la revisión, si se considera que los hechos delictivos que requieren responsabilidad penal son de su propia competencia, se debe archivar la causa si así se considera; que no existen hechos delictivos, o que las circunstancias del delito son evidentemente menores. Si no es necesario perseguir la responsabilidad penal, el caso no se archivará.

Si el denunciante decide no presentar el caso, se le hará una notificación de no presentación y se la entregará al denunciante dentro de los siete días.

(2) Métodos de investigación

1. Interrogatorio de sospechosos de delitos

El interrogatorio de sospechosos de delitos debe ser realizado por investigadores. Durante el interrogatorio, el número de investigadores no será inferior a dos.

Los interrogatorios de los co-sospechosos delincuentes deben realizarse individualmente.

Cuando los investigadores interrogan a un sospechoso de un delito, deben informarle de sus derechos y escuchar atentamente su declaración de culpabilidad e inocencia. Está estrictamente prohibido utilizar la tortura para obtener confesiones o utilizar amenazas, incentivos, engaños u otros métodos ilegales para obtener confesiones.

El departamento de aduanas anticontrabando debe comprobar cuidadosamente los hechos delictivos, las excusas y las pruebas en contra confesadas por el sospechoso de un delito y tratarlos de conformidad con la ley.

2. Interrogatorio de testigos

El departamento anticontrabando de aduanas podrá interrogar a testigos de conformidad con la ley. Al interrogar a los testigos, habrá al menos dos investigadores y se les mostrarán los certificados del departamento de lucha contra el contrabando de aduanas o los certificados de trabajo de los investigadores. El interrogatorio de los testigos debe realizarse individualmente.

Al interrogar a los testigos se deberá informar de sus derechos y obligaciones de conformidad con la ley.

3. Inspección e inspección

El departamento aduanero anticontrabando podrá utilizar diversos medios técnicos de conformidad con la ley para realizar inspecciones o inspecciones de lugares, objetos y personas relacionados con el delito.

Si un sospechoso de un delito se niega a someterse a una inspección, los investigadores pueden realizar una inspección obligatoria si lo consideran necesario.

Los exámenes físicos femeninos deben ser realizados por investigadoras o médicas.

Para descubrir los hechos del caso, el departamento anticontrabando de aduanas puede realizar experimentos de investigación de acuerdo con la ley. Sin embargo, está prohibido todo comportamiento peligroso, insultante o inmoral.

4. Búsqueda

El departamento aduanero anticontrabando podrá registrar los cadáveres, pertenencias, residencias y otros lugares relevantes de sospechosos de delitos y de personas que puedan estar ocultando delincuentes o pruebas delictivas de conformidad. con la ley.

Al realizar un registro, se debe presentar una orden de registro a la persona que se busca. Deben estar presentes no menos de dos investigadores, la persona que se busca o sus familiares, vecinos u otros testigos. Se levantará un acta del registro que será firmada o sellada por el personal correspondiente.

La búsqueda de los cuerpos de las mujeres debe ser realizada por investigadoras.

Al llevar a cabo la detención o arresto, en caso de emergencias especiales, se podrá realizar un registro sin orden de registro.

5. Incautación de pruebas físicas y pruebas documentales

El departamento anticontrabando de aduanas incautará los objetos y documentos (incluidos correos, correos electrónicos, telegramas) de conformidad con la ley. , sin embargo, no se confiscarán objetos y documentos ajenos al presente caso;

Si el poseedor se niega a entregar los objetos o documentos que deban ser embargados, el departamento aduanero anticontrabando podrá embargarlos por la fuerza.

El número de investigadores para incautar artículos y documentos en el ámbito policial no será inferior a dos y deberán poseer los documentos legales pertinentes o certificados de trabajo de investigador.

Para los objetos y documentos incautados, el departamento aduanero anticontrabando, junto con los testigos presentes y los poseedores de los objetos y documentos incautados, realizará un inventario claro y preparará una lista impresa uniformemente de los objetos y documentos incautados. artículos y documentos por triplicado, indicando el nombre, número, especificación, cantidad, peso, calidad, características y origen del artículo o documento. Luego de la firma o sello del personal correspondiente según reglamentación, se entregará una copia al titular.

Ninguna unidad o individuo podrá utilizar, intercambiar, destruir o disponer de artículos y documentos incautados por su cuenta. Si se determina que efectivamente es irrelevante para el caso, se levantará el embargo dentro de los tres días y la propiedad se devolverá a su propietario original.

Para artículos perecederos y otros artículos difíciles de conservar, según las circunstancias específicas, se puede confiar a los departamentos pertinentes la venta, subasta, venta y subasta de las ganancias que se conservarán temporalmente hasta que se complete el litigio. y tratados de acuerdo con la ley.

6. Consulta, congelación de depósitos y remesas

El departamento de aduanas contra el contrabando puede investigar y congelar los depósitos relacionados con delitos de sospechosos de delitos y unidades de sospechosos de delitos en instituciones financieras o postales y departamentos de telecomunicaciones de acuerdo con la normativa de Depósitos y Remesas.

El plazo de congelación de los depósitos es de seis meses. Si existen razones especiales para ampliarlo, el plazo no podrá exceder de seis meses por vez. Si se descubre que los depósitos y remesas congelados son realmente irrelevantes para el caso, se descongelará el congelamiento dentro de los tres días y se notificará a los propietarios de los depósitos y remesas congelados.

7. Identificación

Para conocer los hechos del caso y resolver algunos problemas especiales del mismo, el departamento aduanero anticontrabando deberá asignar o contratar personal con calificación de tasación. realizar tasaciones de conformidad con la ley.

El departamento anticontrabando de aduanas informará al sospechoso de un delito de la conclusión de la tasación utilizada como prueba. Si el sospechoso de un delito tiene objeciones a la conclusión de la identificación y presenta una solicitud, se podrá realizar una identificación adicional o una reidentificación con la aprobación del responsable del departamento aduanero de lucha contra el contrabando.

8. Identificación

Para conocer los hechos del caso, el departamento anticontrabando de aduanas podrá, cuando sea necesario, permitir que los sospechosos y testigos de delitos identifiquen artículos relacionados con el delito. , documentos, lugares o personas sospechosas de delito de conformidad con la ley.

La identificación debe realizarse bajo el auspicio de investigadores. El número de investigadores que realizarán la tasación no será inferior a dos. El proceso de identificación y los resultados deben formar registros de identificación.

Si el tasador no está dispuesto a revelar la identificación de un sospechoso de delito, puede llevarse a cabo sin exponerlo y los investigadores deberán mantenerla confidencial.

9. Personas buscadas

El departamento anticontrabando de aduanas puede emitir una orden para arrestar a sospechosos de delitos fugitivos y llevarlos ante la justicia. También se pueden emitir anuncios de recompensas.

El departamento anticontrabando de aduanas que detiene a una persona buscada puede detenerla con una orden judicial.

Para evitar que los presuntos delincuentes escapen al extranjero, el departamento de aduanas anticontrabando puede tomar medidas de control fronterizo en los puertos fronterizos de acuerdo con la ley.

(3) Medidas coercitivas

De acuerdo con la ley, el departamento de aduanas anticontrabando tiene derecho a tomar las siguientes medidas coercitivas para restringir o privar a los sospechosos de delitos de su libertad personal.

1. Citación

Según las circunstancias del caso, el departamento anticontrabando de aduanas podrá citar a los sospechosos de delitos que deban ser citados o a los sospechosos de delitos que no se presenten. sin motivos justificables a la ciudad o condado donde se encuentran para ser interrogados en un lugar designado. Cuando se cita obligatoriamente a un sospechoso de un delito, se debe presentar un "Certificado de Detención". Durante el proceso de citación se podrá utilizar equipo policial amarrado conforme a la ley.

El período de detención no excederá las 12 horas y los sospechosos de delitos no serán detenidos de forma encubierta en forma de detención continua.

2. Liberación bajo fianza en espera de juicio

El departamento anticontrabando de aduanas puede liberar a los sospechosos de delitos bajo fianza en espera de juicio de conformidad con la ley. Los métodos de garantía incluyen garantía de garante y garantía de depósito. No se ordenará a un mismo sospechoso de delito que proporcione un fiador y pague un depósito al mismo tiempo.

Si el garante otorga una garantía, deberá cumplir estrictamente las obligaciones de garantía estipuladas por la ley. Si el garante viola las normas, el departamento de aduanas contra el contrabando podrá imponerle una multa; si se constituye un delito, la responsabilidad penal se investigará de conformidad con la ley. Si el garante no está satisfecho con la decisión de sanción, puede solicitar una revisión al departamento anticontrabando de nivel superior dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la "Decisión de sanción contra el garante".

Si un sospechoso de un delito viola las normas pertinentes mientras se encuentra bajo fianza en espera de juicio, el departamento anticontrabando de aduanas puede decidir confiscar parte o la totalidad del depósito de conformidad con la ley. El departamento aduanero de lucha contra el contrabando dará lectura al sospechoso de haber cometido un delito la decisión de confiscar el depósito en un plazo de siete días. Si el sospechoso de un delito no está satisfecho con la decisión de confiscar el depósito de seguridad, podrá solicitar una reconsideración al departamento anticontrabando de nivel superior dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la decisión de confiscar el depósito de seguridad.

Si el sospechoso de un delito no violó las normas pertinentes mientras estaba bajo fianza en espera del juicio, o no necesita ser considerado penalmente responsable según la ley, el departamento de aduanas anticontrabando devolverá el depósito de seguridad al sospechoso de un delito. en su totalidad mientras se libera al sospechoso bajo fianza en espera del juicio.

El período máximo de libertad bajo fianza en espera de juicio no podrá exceder de doce meses.

3. Controlar la residencia

El departamento de aduanas contra el contrabando podrá controlar la residencia de los sospechosos de delitos de conformidad con la ley.

El lugar de vigilancia residencial puede ser la residencia legal del sospechoso de delito en la ciudad o condado donde se encuentra el departamento de aduanas anticontrabando, o puede ser el lugar residencial designado por la aduana de lucha contra el contrabando. departamento del sospechoso criminal en la ciudad o condado según las circunstancias del caso. Los departamentos de aduanas contra el contrabando no pueden establecer lugares especiales de vigilancia residencial para detener a sospechosos de delitos. No se implementará vigilancia residencial en los centros de detención, centros de detención administrativa, salas de detención y otros lugares de trabajo del departamento aduanero anticontrabando.

Durante el período de vigilancia residencial, el departamento de aduanas anticontrabando puede retener temporalmente el certificado de identidad y la licencia de conducción de vehículos de motor (embarcaciones) del sospechoso. Si un sospechoso de delito viola las normas pertinentes durante la vigilancia residencial, el departamento de aduanas contra el contrabando solicitará la aprobación para arrestarlo de conformidad con la ley.

El período máximo de vigilancia residencial no podrá exceder de seis meses.

4. Detención

El departamento anticontrabando de aduanas puede detener a sospechosos de delitos de conformidad con la ley.

El departamento de aduanas anticontrabando interrogará a la persona detenida dentro de las 20 horas siguientes a su detención. Si se determina que alguien no debe ser detenido, debe ser puesto en libertad inmediatamente.

Después de la detención, el departamento aduanero anticontrabando preparará un aviso de detención dentro de las 24 horas siguientes y lo entregará a la familia o unidad de la persona detenida, excepto cuando no sea necesario emitir el aviso de conformidad con las normas.

El plazo máximo de internamiento no podrá exceder de 30 días. Si el detenido no dice su verdadero nombre, dirección o identidad, y no puede ser identificado y aprobado para su arresto dentro de los treinta días, el período de detención se computará a partir de la fecha de verificación de su identidad con la aprobación de la persona en a cargo del departamento anticontrabando de aduanas.

5. Arresto

De acuerdo con las disposiciones legales y con la aprobación de la Fiscalía Popular, el departamento de aduanas contra el contrabando puede arrestar a sospechosos de delitos de conformidad con la ley.

Cuando se realiza un arresto, se debe mostrar una orden judicial a la persona que lo arresta. El número de investigadores que realicen las detenciones no será inferior a dos.

Los detenidos deberán ser interrogados dentro de las 24 horas siguientes a su detención. Si se determina que alguien no debe ser arrestado, debe ser puesto en libertad inmediatamente con la aprobación del responsable del departamento anticontrabando.

Después de que el departamento anticontrabando de aduanas arreste a un sospechoso de delito, emitirá un aviso de arresto dentro de las 24 horas y lo entregará a la familia o unidad de la persona arrestada, excepto cuando el aviso no sea requerido de acuerdo con las regulaciones. .

El período de investigación y custodia de un sospechoso de delito después de su arresto no excederá de dos meses. Si el caso es complejo y la investigación no puede concluir una vez transcurrido el plazo, el caso podrá presentarse a la Fiscalía Popular para que apruebe la prórroga del período de detención.

(4) Continúe haciendo preguntas.

El departamento anticontrabando de aduanas podrá realizar interrogatorios in situ, inspecciones e interrogatorios continuos de personas sospechosas de haber cometido delitos de conformidad con la ley. Si el sospechoso de un delito realmente necesita ser interrogado más a fondo, se le puede llevar a la comisaría de policía de la Oficina Anticontrabando o de la Oficina de Seguridad Pública de la Sección Anticontrabando más cercana para realizar más interrogatorios. El período para la continuación del interrogatorio no excederá generalmente de 12 horas a partir del momento en que la persona interrogada llegue a la comisaría del órgano de seguridad pública, y podrá ampliarse a 48 horas en circunstancias especiales. Si a una persona sospechosa de haber cometido un delito se le aprueba continuar el interrogatorio, deberá llenar un "Aviso de Continuación del Interrogatorio" y notificar inmediatamente a su familia o unidad de trabajo.