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Línea de consulta a empresas tabacaleras 95885

Línea directa de la Administración Estatal del Monopolio del Tabaco 12313.

Horario de oficina: de lunes a viernes, de 8:30 a 11:30 y de 13:30 a 16:30, excepto festivos nacionales.

Dirección de la oficina: Sala 10101065438, No. 55 Yuetan South Street, Distrito Xicheng, Beijing.

Recepción en ventana: Habitación 10101065438, nº 55 Yuetan South Street, distrito Xicheng, Beijing.

Recoger por correo: Sala de Servicios Gubernamentales de la Administración Estatal del Monopolio del Tabaco, No. 55 Yuetan South Street, Distrito Xicheng, Beijing 100045.

Línea directa de consulta empresarial: 010-63606161.

Línea directa de consulta técnica: 13552592157 (teléfono del trabajo)

Consulta en ventanilla comercial: Administración Estatal del Monopolio del Tabaco, ubicada en el número 55 de Yuetan South Street, distrito de Xicheng, Beijing.

Base jurídica: Artículo 1 de la “Ley del Monopolio del Tabaco de la República Popular China”.

Esta ley se promulga con el fin de implementar la gestión del monopolio del tabaco, organizar la producción y operación de los productos del monopolio del tabaco de manera planificada, mejorar la calidad de los productos del tabaco, salvaguardar los intereses de los consumidores y proteger las finanzas nacionales. ganancia.

Artículo 2 El término “productos especiales de tabaco” mencionado en esta Ley se refiere a cigarrillos, cigarros puros, tabaco rallado, hojas de tabaco recurridas, hojas de tabaco, papel de fumar, varillas de filtro, estopas de cigarrillos y maquinaria especial para tabaco. .

Los cigarrillos puros, los puros, el tabaco cortado y las hojas de tabaco recurridas se denominan colectivamente productos del tabaco.

Artículo 3 El Estado implementará una gestión monopolística sobre la producción, venta, importación y exportación de productos de monopolio de tabaco de conformidad con la ley, e implementará un sistema de licencias de monopolio de tabaco.

Artículo 4 El departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado estará a cargo del trabajo del monopolio nacional del tabaco. Los departamentos administrativos del monopolio del tabaco de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables del trabajo del monopolio del tabaco dentro de sus respectivas jurisdicciones y están bajo el doble liderazgo del departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado y de los gobiernos populares. de provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, con el departamento administrativo del monopolio del tabaco del Consejo de Estado como principal liderazgo.

Artículo 5 El Estado fortalecerá la investigación científica y el desarrollo tecnológico de los productos especiales de tabaco, mejorará la calidad de los productos de tabaco y reducirá el contenido de alquitrán y otros ingredientes nocivos.

El Estado y la sociedad han fortalecido la publicidad y la educación sobre los riesgos para la salud que conlleva fumar, han prohibido o restringido fumar en el transporte público y en lugares públicos, han disuadido a los adolescentes de fumar y han prohibido fumar a los estudiantes de primaria y secundaria.

Artículo 6 El Estado implementa la gestión del monopolio del tabaco en las áreas étnicas autónomas y se ocupa de los intereses de las áreas étnicas autónomas y del cultivo de tabaco y la producción de productos de tabaco en las áreas étnicas autónomas de conformidad con las disposiciones pertinentes de este y la Ley de Autonomía Étnica Regional.