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Políticas fiscales preferenciales para el impuesto de protección ambiental

Análisis jurídico: De acuerdo con las disposiciones legales pertinentes, las siguientes situaciones están temporalmente exentas del impuesto de protección ambiental: (1) Producción agrícola (excluida la cría a gran escala) que emite contaminantes sujetos a impuestos (2) Vehículos de motor, locomotoras de ferrocarril y maquinaria móvil todoterreno; , barcos y aeronaves y otras fuentes móviles de contaminación emiten contaminantes sujetos a impuestos (3) Los sitios de tratamiento centralizado de aguas residuales urbanas y rurales establecidos de conformidad con la ley emiten los contaminantes sujetos a impuestos correspondientes que no exceden los estándares de emisión nacionales y locales; los residuos utilizados integralmente por los contribuyentes cumplen con los estándares nacionales y locales de protección ambiental (5) Otras circunstancias aprobadas por el Consejo de Estado para la exención de impuestos; Las disposiciones de exención de impuestos en el punto 5 del párrafo anterior serán informadas al Comité Permanente de la APN por el Consejo de Estado para su presentación.

En segundo lugar, para aprovechar plenamente el papel incentivador y orientador de los impuestos, se establecen dos reducciones fiscales basadas en la diferencia en las emisiones de los contribuyentes de contaminantes atmosféricos sujetos a impuestos o de contaminantes del agua cuya concentración es inferior a las normas de emisión nacionales y locales, es decir, si la concentración de emisiones del contribuyente es un 30% inferior a la norma prescrita, el impuesto se reducirá en un 75%; si la concentración de emisiones contaminantes del contribuyente es un 50% inferior a la norma de emisión prescrita; El impuesto se reducirá en un 50%.

Base jurídica: “Ley Fiscal de Protección Ambiental de la República Popular China”.

Artículo 12 Las siguientes circunstancias están temporalmente exentas del impuesto de protección ambiental:

(1) La producción agrícola (excluida la cría a gran escala) descarga contaminantes sujetos a impuestos;

(2) Las fuentes móviles de contaminación, como vehículos de motor, locomotoras ferroviarias, maquinaria móvil todo terreno, barcos y aviones, emiten contaminantes sujetos a impuestos;

(3) Sitios de tratamiento centralizado de aguas residuales urbanas y rurales y desechos domésticos establecidos de conformidad con la ley emiten los contaminantes sujetos a impuestos correspondientes que no exceden los estándares de emisión nacionales y locales;

(4) Los residuos sólidos utilizados integralmente por los contribuyentes cumplen con los estándares de protección ambiental nacionales y locales;

(5) Aprobación por el Consejo de Estado Otras situaciones de exención de impuestos. Las disposiciones de exención de impuestos en el punto 5 del párrafo anterior serán informadas al Comité Permanente de la APN por el Consejo de Estado para su presentación.

Artículo 13 Si la concentración de contaminantes del aire o del agua sujetos a impuestos vertidos por un contribuyente es inferior al 30% de los estándares de descarga de contaminantes estipulados por los gobiernos nacional y local, la tasa del impuesto de protección ambiental se reducirá a 75% Impuesto. Si la concentración de contaminantes del aire o del agua sujetos a impuestos vertidos por los contribuyentes es inferior al 50% de los estándares nacionales y locales de emisión de contaminantes, el impuesto de protección ambiental se aplicará a una tasa reducida del 50%.