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Tabla de tipos y partidas impositivas de protección del medio ambiente

Subjetividad jurídica:

La protección del medio ambiente se ha convertido en un tipo de conocimiento humano. El medio ambiente es demasiado importante para los seres humanos. No sólo está relacionado con la salud humana, sino también con el desarrollo sostenible. 1. El concepto de impuesto de protección ambiental El impuesto de protección ambiental fue propuesto por primera vez por el economista británico Pigou, y sus opiniones han sido generalmente aceptadas por los países desarrollados occidentales. Las políticas de protección ambiental en los países europeos y americanos han reducido gradualmente el uso de métodos de intervención directa y están utilizando cada vez más impuestos especiales, como impuestos ecológicos e impuestos ecológicos de protección ambiental, para mantener el entorno ecológico y controlar la "contaminación evidente" prominente, como las aguas residuales, los gases de escape. Impuestos obligatorios sobre el gas, el ruido y los residuos. 2. Cómo determinar la tasa impositiva del impuesto de protección ambiental 1. La base imponible para los contaminantes gravables se determina de acuerdo con los siguientes métodos: (1) Los contaminantes atmosféricos gravables se determinan de acuerdo con el número equivalente de contaminación convertido de la cantidad de descarga de contaminantes; (2) Contaminantes del agua sujetos a impuestos Los contaminantes se determinan de acuerdo con la cantidad de equivalentes de contaminación convertidos a partir de emisiones de contaminantes; (3) los desechos sólidos gravables se determinan de acuerdo con la cantidad de desechos sólidos descargados (4) el ruido gravable se determina de acuerdo con la cantidad de decibeles que exceden el estándar nacional. 2. El número equivalente de contaminación de los contaminantes del aire y del agua sujetos a impuestos se calcula dividiendo la cantidad de descarga del contaminante por el valor equivalente de contaminación del contaminante. Los valores equivalentes de contaminación específicos de cada contaminante atmosférico y contaminante del agua imponibles se implementarán de acuerdo con la tabla de valores equivalentes de contaminantes imponibles adjunta a esta ley. 3. Los contaminantes atmosféricos sujetos a impuestos en cada salida de emisión o sin salida de emisión se clasifican según el número de equivalentes de contaminación, y se aplican impuestos de protección ambiental a los tres primeros contaminantes. Los contaminantes del agua imponibles en cada salida de aguas residuales se dividirán en el primer tipo de contaminantes del agua y otros tipos de contaminantes del agua de acuerdo con la tabla de valores equivalentes de contaminantes imponibles adjunta a esta ley, y se clasificarán de mayor a menor según la contaminación equivalente. . El primer tipo de contaminantes del agua se aplica al impuesto de protección ambiental de acuerdo con los primeros cinco elementos, y otros tipos de contaminantes del agua se recaudan de acuerdo con los primeros tres elementos. Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán, basándose en las necesidades especiales de reducción de emisiones contaminantes en sus respectivas regiones, aumentar el número de contaminantes sujetos a impuestos sujetos al impuesto de protección ambiental en el mismo punto de descarga, y informar al Comité Permanente del Congreso Popular al mismo nivel para su decisión, e informar al Comité Permanente de la APN y presentarlo ante el Consejo de Estado. 4. Los contaminantes del aire, los contaminantes del agua, las emisiones de desechos sólidos y los decibelios de ruido sujetos a impuestos se calculan de acuerdo con los siguientes métodos y secuencias: (1) Los contribuyentes que instalen y utilicen equipos de monitoreo automático de contaminantes que cumplan con las regulaciones nacionales y las especificaciones de monitoreo se calcularán de acuerdo a las normas de contaminación. (2) Si el contribuyente no ha instalado o utilizado equipos automáticos de monitoreo de contaminantes, el cálculo se basará en los datos de monitoreo emitidos por la agencia de monitoreo que cumple con las regulaciones y estándares de monitoreo nacionales pertinentes; la descarga de diversos contaminantes que no cumple con el monitoreo Si existen condiciones, se calculará de acuerdo con el coeficiente de emisión de contaminantes y el método de balance de materiales estipulados por el departamento de protección ambiental del Consejo de Estado (4) Si el cálculo no se puede realizar; Realizado de acuerdo con los métodos estipulados en los párrafos 1 a 3 de este artículo, se calculará de acuerdo con el gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central. El método de cálculo de muestreo especificado por el departamento de protección ambiental. utilizarse para la verificación. 5. El monto imponible del impuesto de protección ambiental se calcula de acuerdo con el siguiente método: (1) El monto imponible de los contaminantes del aire sujetos a impuestos es el equivalente de contaminación multiplicado por el monto del impuesto específico aplicable (2) El monto imponible de los contaminantes del agua sujetos a impuestos es; el equivalente de contaminación multiplicado por el monto del impuesto específico aplicable; (3) el monto imponible de los desechos sólidos gravables es el monto de la descarga de desechos sólidos multiplicado por el monto del impuesto específico aplicable; (4) el monto imponible del ruido imponible es el monto del impuesto específico aplicable; correspondiente al número de decibelios que exceden el impuesto estándar nacional. 2018 65438 El 1 de octubre entró oficialmente en vigor la Ley del Impuesto de Protección Ambiental. La ley define como contribuyentes a "las empresas, instituciones y otros operadores de producción que vierten directamente al medio ambiente contaminantes sujetos a impuestos", e identifica los contaminantes del aire, del agua, los desechos sólidos y el ruido como contaminantes sujetos a impuestos.