Nuevas normas sobre el tratamiento de las familias de los mártires
1. Trato preferencial para la educación de los niños: Los hijos de los mártires que soliciten la admisión a escuelas secundarias ordinarias y escuelas secundarias vocacionales recibirán un trato preferencial. de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes; los hijos de los mártires pueden disfrutar de educación preescolar y educación obligatoria, políticas preferenciales para eximir de tasas de enseñanza o matrículas y tasas.
2. Trato preferencial para las personas mayores: Para los sobrevivientes de los mártires que tengan más de 60 años y no tengan capacidad para vivir o hayan perdido básicamente la capacidad para trabajar, se proporcionarán subsidios para servicios de pensión y subsidios de enfermería. de acuerdo con la normativa. Al mismo tiempo, varias localidades están explorando activamente el establecimiento de un mecanismo de seguridad de pensiones a largo plazo para las familias de los mártires en duelo, a fin de proporcionar servicios de apoyo centralizados a las familias de los mártires en duelo que los necesiten.
3. Trato médico preferencial: si los sobrevivientes de los mártires participan en el seguro médico básico para empleados urbanos, sus contribuciones personales serán subsidiadas en su totalidad por el departamento de asuntos civiles si los familiares de los mártires participan; El seguro médico básico para los residentes urbanos y rurales, los costos del seguro correrán a cargo del gobierno. Además, varias localidades están promoviendo activamente la inclusión de los sobrevivientes de los mártires elegibles en la asistencia médica urbana y rural, y brindando asistencia a los sobrevivientes de los mártires que se encuentran empobrecidos debido a una enfermedad.
4. Trato laboral preferencial: para las familias de mártires que trabajan por cuenta propia, el departamento de administración industrial y comercial debe dar prioridad a la emisión de licencias comerciales y el departamento de asuntos de veteranos puede proporcionar servicios de empleo; familias de mártires mediante la celebración de ferias especiales de empleo.
5. Trato preferencial de asistencia jurídica: el departamento administrativo judicial debe proporcionar servicios de asistencia jurídica a los supervivientes de los mártires que necesiten asistencia jurídica.
Las condiciones para que los familiares de los mártires disfruten de pensiones regulares son las siguientes:
(1) Los padres, dependientes y cónyuges de los mártires no pueden trabajar y no tienen fuente de ingresos. sus medios de vida, o su nivel de ingresos es inferior al nivel de vida promedio de los residentes locales.
(2) Los hijos de los mártires son menores de 18 años, o tienen más de 18 años pero no tienen fuente de ingresos por discapacidad o escolaridad.
(3) Los hermanos y hermanas sostenidos por el mártir durante su vida son menores de 18 años, o son mayores de 18 años pero no tienen fuente de ingresos porque están en la escuela.
Para los sobrevivientes de mártires que cumplan las condiciones especificadas en el párrafo anterior y disfruten de pensiones regulares, el departamento de asuntos civiles del gobierno popular a nivel del condado donde se encuentra su residencia registrada emitirá un certificado para recibir pagos regulares. pensiones.
En resumen, las nuevas regulaciones sobre el tratamiento de las familias de los mártires tienen como objetivo brindar un trato preferencial integral y servicios a las familias de los mártires para mostrarles respeto y cuidado.
Base jurídica:
Reglamento sobre la encomienda a los mártires
Artículo 14
El Estado establece un sistema para encomiar a los mártires. El estándar para el oro de encomio de los mártires es 30 veces el ingreso disponible per cápita de los residentes urbanos en el año anterior a la muerte del mártir. En tiempos de guerra, se pueden elevar apropiadamente los estándares para elogiar a los mártires que sacrificaron sus vidas en la guerra.