Reglamento de Ordenación de la Construcción Portuaria
Base legal: "Reglamento de Gestión de la Construcción Portuaria"
Artículo 3 El Ministerio de Transporte es responsable de la gestión industrial de la construcción portuaria a nivel nacional, y es específicamente responsable de los proyectos de construcción portuaria aprobados por la Comisión Nacional de Desarrollo y Reforma y el Ministerio de Transportes.
Las autoridades provinciales de transporte son responsables de la gestión industrial de la construcción portuaria dentro de sus respectivas regiones administrativas, y son específicamente responsables de la gestión de la construcción de los proyectos de construcción portuaria aprobados por los departamentos pertinentes del gobierno popular provincial.
La construcción y dirección de otros proyectos de construcción portuaria serán responsabilidad del departamento administrativo portuario donde esté ubicado el puerto.
Las autoridades de transporte en los niveles anteriores responsables de la gestión de la construcción portuaria y los departamentos administrativos portuarios donde están ubicados los puertos se denominan colectivamente departamentos administrativos portuarios.
Artículo 4 La construcción del puerto deberá cumplir con el plan de trazado del puerto y el plan general del puerto, y aplicar las leyes, reglamentos, reglas y normas técnicas de construcción pertinentes.
Artículo 5 Los proyectos de construcción portuaria implementarán el sistema de responsabilidad de la persona jurídica del proyecto, el sistema de licitación, el sistema de supervisión del proyecto y el sistema de gestión de contratos de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.