Reglamento de divulgación científica y tecnológica de la ciudad de Haikou
La popularización de la ciencia y la tecnología (en adelante, popularización de la ciencia), tal como se menciona en este Reglamento, se refiere a la popularización del conocimiento de las ciencias naturales y sociales entre el público, la promoción de métodos científicos y la difusión. de ideas científicas de una manera que sea fácil de comprender, aceptar y participar para el público, actividades para promover el espíritu científico y popularizar la aplicación del conocimiento científico y tecnológico. Artículo 3 La divulgación científica es una tarea de bienestar público, una parte importante del trabajo científico y tecnológico y una tarea importante en la implementación de la estrategia de revitalización de la ciudad a través de la ciencia y la educación.
El trabajo de divulgación científica debe adherirse a los principios de promoción gubernamental, apoyo social y participación nacional, y adoptar diversas formas según los diferentes objetos y condiciones locales.
El trabajo de popularización de la ciencia debe adherirse al espíritu científico, y ninguna unidad o individuo puede participar en actividades que perjudiquen el interés público en nombre de la popularización de la ciencia. Artículo 4: Fomentar y apoyar los intercambios de popularización científica en diferentes regiones y campos, y proporcionar apoyo de recursos y servicios públicos de popularización científica a la sociedad y al público.
Fomentar y apoyar los intercambios externos y la cooperación en la popularización de la ciencia, intercambiar información relevante y resultados de investigación, aprender de los conceptos y la experiencia práctica de la popularización de la ciencia avanzada internacional, y promover la mejora del nivel general del trabajo de popularización de la ciencia en este ciudad. Capítulo 2 Organización y Gestión Artículo 5 Los gobiernos populares municipales y distritales fortalecerán el liderazgo de la labor de popularización de la ciencia, incorporarán la labor de popularización de la ciencia al plan nacional de desarrollo económico y social, formularán políticas y medidas para promover el desarrollo de la labor de popularización de la ciencia, establecerán un sistema de coordinación y evaluación para el trabajo de popularización de la ciencia, y mejorar La red de popularización de la ciencia urbana crea un buen ambiente y condiciones para el desarrollo del trabajo de popularización de la ciencia.
El gobierno popular de la ciudad y las oficinas subdistritales son responsables de organizar y coordinar el trabajo de divulgación científica dentro de sus jurisdicciones, y llevar a cabo actividades de divulgación científica centradas en la producción científica, el aumento de la eficiencia y los ingresos, y la vida civilizada y saludable. . Artículo 6 Los departamentos administrativos de ciencia y tecnología municipales y distritales son responsables de formular y organizar la implementación de planes de trabajo de divulgación científica y planes anuales en sus respectivas regiones administrativas, inspeccionar y supervisar el trabajo de divulgación científica, trabajar con los departamentos pertinentes para estudiar y resolver problemas importantes. en el trabajo de popularización de la ciencia, y promover leyes y regulaciones pertinentes en el trabajo de popularización de la ciencia. Implementación de regulaciones y políticas y medidas relacionadas. Artículo 7 Las asociaciones científicas y tecnológicas municipales y distritales son la principal fuerza social en la labor de divulgación científica. Deben ayudar al departamento de ciencia y tecnología a formular planes de trabajo y planes anuales de divulgación científica, organizar actividades de divulgación científica masivas, sociales y periódicas y promoverlas. planes de trabajo de divulgación científica y planes anuales de ejecución del plan. Artículo 8 El departamento administrativo de educación promoverá activamente el trabajo de divulgación científica entre los menores y orientará a las escuelas para que lleven a cabo diversas formas de educación de divulgación científica, innovación científica y tecnológica y actividades de práctica social. Artículo 9 Los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social trabajarán con los departamentos y unidades pertinentes para llevar a cabo la capacitación de los trabajadores migrantes y popularizar el conocimiento científico y tecnológico combinando la capacitación en el trabajo, la capacitación para el empleo y la capacitación empresarial.
Las instituciones administrativas del servicio civil deberían incorporar la educación en ciencias populares en los planes de formación y educación de los funcionarios públicos para mejorar la calidad científica, las capacidades de servicio público y las capacidades de gestión científica de los funcionarios públicos. Artículo 10 Los departamentos administrativos de agricultura, silvicultura y pesca marina y las asociaciones de ciencia y tecnología formularán y organizarán la implementación de planes de trabajo de divulgación de la ciencia rural basados en las condiciones reales de las áreas rurales y organizarán escuelas de agricultura, agencias de extensión de tecnología agrícola y otras actividades agrícolas; -unidades relacionadas para realizar investigaciones sobre agricultores (pescadores) Realizar capacitación en ciencia y tecnología agrícola, forestal y pesquera con cuadros técnicos agrícolas para brindar servicios de información científica y tecnológica a los agricultores (pescadores) cultivar y apoyar bases de experimentación y demostración de ciencia y tecnología, y aprovechar el papel de guía e impulsor de los principales hogares de demostración de ciencia y tecnología y de los grandes hogares de plantación (mejoramiento) en el trabajo de divulgación científica. Artículo 11 Departamentos o instituciones administrativas tales como salud, población y planificación familiar, protección ambiental, asuntos territoriales, hídricos, jardines, supervisión de seguridad, industria, cultura, deportes, turismo, protección contra incendios, meteorología, terremotos, medios de comunicación, etc. Se deben llevar a cabo diversas formas de actividades de divulgación científica en función de sus respectivas características funcionales y utilizando sus respectivos recursos e instalaciones. Capítulo 3 Responsabilidad Social Artículo 12 La divulgación científica es responsabilidad común de toda la sociedad. Todos los sectores de la sociedad deberían organizarse y participar activamente en diversas actividades de divulgación científica. Artículo 13 Las escuelas primarias y secundarias deben establecer un equipo de consejeros de ciencia y tecnología, considerar la educación de divulgación científica como una parte importante de una educación de calidad, combinar actividades docentes y características de los estudiantes, llevar a cabo diversas formas de educación de divulgación científica sobre protección del medio ambiente, conservación de energía, seguridad y salud, y organizar a los estudiantes para la realización de producciones científicas y tecnológicas, invenciones científicas y tecnológicas, concursos de ciencia y tecnología, encuestas de ciencia y tecnología, campamentos de verano (invierno) de divulgación científica y visitas a bases de educación de divulgación científica, lugares de divulgación científica y otros actividades.
Las escuelas secundarias de formación profesional, las instituciones de formación profesional y otras instituciones educativas deben combinar la formación profesional con la educación científica y tecnológica, popularizar el conocimiento científico y tecnológico y mejorar la calidad científica y tecnológica de los trabajadores.
Los jardines de infancia deberían hacer que el conocimiento de las ciencias populares forme parte de la educación infantil. Artículo 14 Las instituciones de investigación científica y los colegios y universidades organizarán, apoyarán y alentarán activamente a los trabajadores y profesores científicos y tecnológicos para que lleven a cabo trabajos de popularización de la ciencia mediante la celebración de conferencias, consultas, etc.
Alentar a las instituciones de investigación científica y a los colegios y universidades a abrir al público salas de exposición, laboratorios, bases experimentales u otros lugares e instalaciones con funciones de popularización de la ciencia. Artículo 15 Centros (estaciones) de ciencia y tecnología, museos, bibliotecas, centros de arte de masas, centros de actividades de ciencia y tecnología para jóvenes, estaciones de actividades de divulgación científica, centros (estaciones) culturales, palacios culturales juveniles, bases de educación para la divulgación científica, bases de demostración y otros lugares utilizarán sus propios recursos e instalaciones. Realizarán actividades de divulgación científica y las abrirán periódicamente y de forma gratuita a estudiantes de primaria y secundaria y al público en general.