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¿Se pueden arbitrar las disputas de propiedad?

Subjetividad jurídica:

Las disputas de propiedad son litigios civiles. Los conflictos patrimoniales se producen por el incumplimiento por parte de las empresas de servicios inmobiliarios y de los propietarios de sus derechos y obligaciones de conformidad con el contrato o por la existencia de infracciones. Si hay incumplimiento de contrato o infracción, las partes podrán presentar directamente una demanda civil ante el tribunal.

Objetividad jurídica:

Artículo 186 del Código Civil que entra en vigor en 2021, si una parte incumple el contrato y daña los derechos personales o patrimoniales de la otra parte, la parte perjudicada tiene el derecho a optar por solicitar que asuma la responsabilidad por incumplimiento de contrato o infracción de derechos. Artículo 186 Si una de las partes incumple el contrato y daña los derechos personales y de propiedad de la otra parte, la parte perjudicada tiene derecho a optar por solicitar que asuma la responsabilidad por incumplimiento del contrato o la responsabilidad por agravio. Artículo 233 Si se infringen derechos de propiedad, el titular del derecho podrá resolver el asunto mediante conciliación, mediación, arbitraje o litigio.