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¿Cómo trata la aduana las mercancías infractoras?

Si se determina que las mercancías retenidas sospechosas de infracción infringen derechos de propiedad intelectual después de la investigación aduanera, serán confiscadas por la aduana. Después de que la aduana confisque mercancías que infringen los derechos de propiedad intelectual, la aduana notificará por escrito al titular de los derechos de propiedad intelectual las circunstancias pertinentes de las mercancías que infringen los derechos de propiedad intelectual. Si los bienes confiscados que infringen los derechos de propiedad intelectual pueden utilizarse para empresas de bienestar social, la aduana los transferirá a las instituciones de bienestar público pertinentes para empresas de bienestar social; si el titular de los derechos de propiedad intelectual está dispuesto a comprarlos, la aduana podrá transferirlos; al titular del derecho de propiedad intelectual a cambio de una tarifa. Si los bienes confiscados que infringen los derechos de propiedad intelectual no pueden utilizarse para empresas de bienestar social y el titular del derecho de propiedad intelectual no tiene intención de comprarlos, la aduana podrá subastarlos de conformidad con la ley después de eliminar las características infractoras si las características infractoras; no pueden ser eliminados, la aduana los destruirá. Artículo 27 del "Reglamento sobre la Protección Aduanera de los Derechos de Propiedad Intelectual"