Condiciones para el establecimiento de la suspensión penal
Análisis Legal
Existen tres condiciones para el establecimiento de la suspensión penal: 1. El delito debe abandonarse durante la preparación o ejecución del delito, que es el requisito previo para el establecimiento de la suspensión del delito. Si el hecho delictivo ha sido consumado y alcanzado el estado de consumación, no se puede establecer la cesación penal. 2. La cesación del delito es una condición automática para que el autor deje automáticamente de cometer un delito. Se debe exigir al delincuente que abandone voluntariamente el delito, y también se le debe exigir que abandone voluntariamente el delito por su propia voluntad, en lugar de verse obligado a dejar de cometer el delito por razones subjetivas u objetivas distintas a las del delincuente. voluntad. 3. La cesación del delito es una condición efectiva para que el autor pueda prevenir eficazmente las consecuencias del delito. Si no se causa daño, se eximirá de la pena; si se causa daño, se reducirá la pena; En el proceso de comisión de un delito, renunciar voluntariamente al delito o impedir automática y eficazmente que se produzcan las consecuencias del delito es el cese del delito. Si el que suspende no causa daño alguno, quedará exento de pena; si causa daño, se le reducirá la pena;
Base Legal
Artículo 24 de la “Ley Penal de la República Popular China”* * *Si durante el transcurso de un delito, la persona abandona voluntariamente el delito o voluntaria y previene eficazmente las consecuencias del delito, el delito será suspendido. Si el que suspende no causa daño alguno, quedará exento de pena; si causa daño, se le reducirá la pena;