Red de Respuestas Legales - Ayuda legal - ¿Pueden los niños cuyos padres tienen antecedentes penales tomar el examen de la abogacía?

¿Pueden los niños cuyos padres tienen antecedentes penales tomar el examen de la abogacía?

Si los padres tienen antecedentes penales, esto no tendrá ningún impacto en la admisión de sus hijos al examen de la abogacía y definitivamente podrán realizar el examen.

Durante el proceso de admisión como abogado, el padre y la madre del candidato no estarán sujetos a revisión final. Incluso si tienen antecedentes penales, sus hijos podrán ser admitidos a la profesión de abogado. Abogado, sin embargo, como estudiante, esto no es posible para aquellos con antecedentes penales.

Si el propio estudiante tiene antecedentes penales y antecedentes penales, no puede ser admitido a la profesión de abogado. Sin embargo, el hecho de que su padre o su madre tengan antecedentes penales no afecta la admisión del niño a la carrera de abogado. .

Base legal:

Artículo 7 de la “Ley de Abogados” Si el solicitante concurre alguna de las siguientes circunstancias, no se expedirá el título de abogado en ejercicio:

(1) No tener capacidad para la conducta civil o con capacidad limitada para la conducta civil;

(2) Haber sido sancionado penalmente, salvo negligencia criminal;

(3) Ser destituido de cargo público o revocado como abogado, cédula de ejercicio de Notario.

Los padres con antecedentes penales tendrán los siguientes efectos en sus hijos:

Cuando los niños son admitidos en la universidad, si solicitan ingreso a academias militares, academias de policía y otras universidades de admisión temprana, no podrán aprobar el examen político: Cuando su hijo esté buscando trabajo, si quiere postularse para funcionarios, agencias estatales, instituciones públicas u órganos de seguridad pública, etc., no podrá aprobar. El examen político. Los antecedentes penales generalmente se refieren a un historial de infracciones penales.

Base jurídica: Artículo 8 del “Reglamento sobre la revisión política del reclutamiento militar”:

No serán reclutados para el servicio activo los ciudadanos que cumplan alguna de las siguientes circunstancias:

(1) ) Difundir comentarios políticamente erróneos, escribir, editar, publicar y publicar artículos y libros políticamente erróneos

(2) Haber sido objeto de sanciones penales, reeducación a través del trabajo, C&E; , Detención administrativa;

(3) Ser investigado, procesado o juzgado por sospechas de violaciones de la disciplina o la ley;

(4) Ser destituido de un cargo público por cometer errores graves, ordenado a renunciar, expulsado de la escuela, o expulsado del Partido, puesto en libertad condicional del Partido, o expulsado de la liga (8) La persona o los principales miembros de su familia o dependientes directos participan en actividades ilegales tales como separatismo étnico, violencia, terrorismo, religión; extremismo, etc. Quienes hayan organizado o llevado a cabo bandas criminales con carácter mafioso o hayan realizado actividades cuyos principales miembros de relaciones sociales u otros familiares que tengan mayor influencia sobre el individuo sean los miembros vertebradores de los ilícitos antes mencionados; organizaciones.