Interpretación judicial del delito de falso litigio
Si se interpone una demanda civil basada en hechos fabricados y se produce cualquiera de las siguientes circunstancias, se considerará que "obstruye el orden judicial o infringe gravemente los derechos e intereses legítimos de otros" según lo estipula el artículo 307-1 de la Ley Penal:
(1) Utilizar hechos inventados para hacer que el Tribunal Popular tome medidas de preservación de la propiedad o de conducta.
(2) Causar que el Tribunal Popular; abrir un juicio e interferir con las actividades normales del juicio;
(3) Usar hechos inventados para hacer que el Tribunal Popular emita documentos de sentencia, formular planes de distribución de propiedades o usar hechos inventados para solicitar la ejecución de un arbitraje laudos o certificación notarial de documentos de derechos de acreedores;
(4) Muchos presentan una demanda civil basada en hechos inventados.